Policías no podrán multar a capitalinos que emplaquen su vehículo en otro estado: Secretaría de Finanzas

La Secretaría de Finanzas detalló que el impuesto hacia las empresas de entrega a domicilio en la Ciudad de México no afectará a los trabajadores o clientes.

Automóviles de agencia / Archivo.
Ciudad de México. /

El gobierno de la Ciudad de México hizo una serie de precisiones sobre las nuevas reformas que se incluyeron en el Paquete Económico 2022, donde se destacó que los policías no podrán multar a los ciudadanos capitalinos que porten placas de otros estados y que el impuesto del 2 por ciento hacia las aplicaciones de entrega a domicilio no afectará a los clientes o repartidores.

Impuesto para capitalinos que porten placas de otro estado

El Artículo 464, fracción III, señala una multa de índole fiscal a aquellos capitalinos que emplaquen su vehículo en otro estado a partir del 2022; sin embargo, la Secretaría de Finanzas detalló que no debe preocuparse la ciudadanía o las agencias automotrices por esta medida, pues la dependencia iniciará el una serie de reuniones con las distribuidoras automotrices en conjunto con los diputados de la Ciudad de México para establecer las reglas y alcances de su aplicación.

La Secretaría de Administración y Finanzas señaló que no se trata de una multa o infracción de tránsito, ya que no podrá ser aplicada por policías, no será un impedimento para la realización de ningún trámite en la capital del país, ni será motivo de que se imponga al momento de realizar dichos trámites.

Impuesto de 2% a aplicaciones de reparto

La Secretaría de Administración y Finanzas indicó que con respecto el artículo 307 TER, en el cual se señala que habrá un cargo de 2 por ciento para las aplicaciones de entrega a domicilio en la Ciudad de México, en realidad no se trata de un impuesto, sino de un aprovechamiento sobre la cuota de intermediación que se le cobrará a las empresas extranjeras que se llevan las ganancias fuera del país.

La dependencia destacó que el aprovechamiento del 2 por ciento para la Ciudad de México no es transferible a los comerciantes, consumidores o repartidores que utilizan las aplicaciones de entrega a domicilio para llevar a cabo sus ventas y compras.

De acuerdo con la misma dependencia, la Secretaría del Trabajo se encuentra apoyando a los repartidores que trabajan para este tipo de empresas, pues se busca crear iniciativas que faciliten el acceso a la seguridad social y el reconocimiento de los derechos laborales a los cuales no tienen acceso.

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Impuesto por espectáculos en CdMx

Con respecto al artículo 134 que se refiere a los espectáculos públicos, la Secretaría de Administración y Finanzas afirmó que no se aprobó ningún impuesto nuevo a espectáculos de streaming a través de internet.

“Estamos evitando la evasión fiscal por la venta de boletos por la vía electrónica. Eso tampoco representará ningún cargo adicional al usuario”, confirmó la dependencia.

Además, comunicó que esta contribución o impuesto ya existente aplica para la venta de boletos físicos o digitales de espectáculos en vivo que se desarrollen en la Ciudad de México.

Los beneficios para las personas físicas o empresas que realizan espectáculos públicos se mantendrán, los cuales consisten en un descuento del 100 por ciento a los pequeños espacios culturales independientes y del 95 por ciento para las producciones teatrales no mayores a los 2 mil 499 asistentes.

KT

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