En la Ciudad de México, el diputado de Morena, Nazario Norberto, presentó una iniciativa para que se fije una pensión alimenticia mínima de 40 por ciento del sueldo del deudor alimentario, y en caso de no poder comprobar ingresos, se aporte al menos un salario mínimo vigente en la capital, es decir 5 mil 255 pesos.
Ante el Pleno, el legislador expuso que la ley no menciona alguna cantidad como mínima para determinar el monto de las pensiones alimenticias, y esto se agrava cuando alguna de las partes decide renunciar, ocultar sus sueldos, pedirle a su patrón que declare un sueldo menor, o en el peor de los casos, cuando no es posible comprobar el salario de la persona, los jueces resuelven el pago de una cantidad mínima de pensión.
“El tema aquí es: ¿qué persona puede vivir con 500 o mil pesos mensuales para cubrir los gastos de comida, vivienda, médico, escuela y en general, las necesidades básicas de sus hijos, o de aquellas personas con algún tipo de discapacidad? Tan solo, con datos del INEGI a octubre de este año, una canasta básica conformada por 24 artículos tiene un costo aproximado de $1,038 pesos”, explicó.
Recalcó que desafortunadamente el cumplimiento de las pensiones alimenticias tiene dos grandes problemas que deben ser atendidos por el Poder Legislativo, en primera instancia es importante “garantizar” que sean cumplidas por los deudores, asunto que ya se encuentra en estudio por la Comisión de Justicia mediante la Ley Sabina.
"Y por otro lado, la insatisfacción de las pensiones alimenticias, porque muchas personas entregan cantidades insultantes y totalmente fuera de la realidad. “Por ejemplo, en el módulo de atención de su servidor han llegado ciudadanos a pedir apoyo jurídico, pues sus hijas e hijos reciben cantidades que van desde los 500 pesos mensuales”, reiteró.
Norberto Sánchez recordó que desde el año 2018 la Corte emitió un precedente para determinar la capacidad económica real de los deudores, ya que los ministros señalaron que el juez no debe limitarse únicamente a lo manifestado por las partes en el juicio, sino que tiene la obligación de recabar de oficio la información de ingresos que permitan evidenciar el “flujo de riqueza”.
El proyecto de decreto será analizado por la Comisión de Administración y Procuración de Justicia; con opinión de la Comisión de Igualdad de Género, ambas del Congreso capitalino.
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