Diputados de Nuevo León reducen jornada laboral para irse a campañas electorales

Los diputados locales se establecieron una jornada laboral de siete horas y media para poder hacer proselitismo en búsqueda de la reelección.

Congreso de Nuevo León. | Jorge López
Monterrey, Nuevo León /

Pese a no haber sesionado en seis ocasiones durante febrero, diputados de Nuevo León aprobaron reducir su jornada laboral de siete horas y media para poder irse a realizar sus campañas electorales en búsqueda de la reelección en diputaciones federales o para buscar alcaldías.

Fue Itzel Castillo, diputada del Partido Acción Nacional (PAN) quien subió a tribuna un acuerdo de la Comisión de Coordinación y Régimen Interno (Cocri), en el cual se establece horario laboral de las 8:00 a 15:00, pero por una modificación de Cecilia Robledo, su compañera de bancada se adecuó de 9:00 a 16:30 de lunes a viernes, es decir, un horario laboral de siete horas y media.

Siendo hábiles tales días de acuerdo a las leyes o disposiciones aplicables, o aquellos que por alguna labor, encargo o comisión deban realizar de acuerdo a las atribuciones propias del Poder Legislativo, asienta el acuerdo.

Así que los diputados deben acudir a las sesiones de cualquier tipo relativas al Pleno, de la Diputación Permanente, así como aquellas relativas a las reuniones de las comisiones legislativas o comités que igualmente hayan sido legalmente instaladas y convocadas, siguiendo las formalidades previstas en la Ley Orgánica del Poder Legislativo y de su reglamento.

“La presente propuesta establece, por una parte, los criterios específicos relativos a los horarios oficiales de los empleados y funcionarios, y las actividades consideradas como oficiales por parte de los diputados, esto con el fin de respetar los principios rectores de los comicios electorales próximos a celebrarse.
“Es un blindaje que garantiza la correcta actuación de todos y cada uno de los servidores públicos que integran el Poder Legislativo”, señaló Castillo.

¿Qué dice la Ley Electoral de Nuevo León?

El Artículo 10 de la Ley Electoral de Nuevo León indica que los aspirantes a integrar un ayuntamiento, quienes ocupen un cargo público medio o superior o que hayan sido electos para ocupar un cargo de elección popular, deberán contar con licencia sin goce de sueldo al momento de registrar su candidatura.

El Artículo 144 indica que candidatos a diputados que busquen reelegirse deberán especificar periodos para ausentarse y buscar cargos y manifestar que cumplen los límites de la Constitución en materia de reelección.

Diputados piden seguridad para candidatos y ciudadanos ante elecciones

Después de que en el programa "Cambios", conducido por Víctor Martínez, varios expertos coincidieran en que la inseguridad será un tema crucial en las elecciones del 2 de junio, legisladores locales han exigido seguridad tanto para los candidatos como para los ciudadanos.

Mauro Guerra, presidente del Congreso, señaló que la seguridad debe ser una preocupación diaria del estado, no solo durante el periodo electoral. Sin embargo, hizo hincapié en la importancia de garantizar la seguridad en las áreas rurales y fronterizas.

“Nuevo León exige seguridad permanente y el que tengamos elecciones es más visible, lo que pasa en el Estado ayuda para entender que las cosas no están bien y que hay una crisis de inseguridad, mientras el Gobernador pregunta que color de lentes usar, es una insensibilidad que el Gobernador esté pensando en otros temas”, declaró.

mvls 

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