Por unanimidad de votos, los magistrados de la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocaron el acuerdo del Instituto Estatal Electoral y Participación Ciudadana (IEEPC) en el cual rechazaron las candidaturas a 28 aspirantes a diferentes alcaldías por parte de Morena, PT y la Colación Sigamos Haciendo Historia por Nuevo León.
Al respecto, los magistrados de la Sala Regional ordenaron al Instituto local cumplir con el derecho de audiencia y prevenciones a todos y cada uno de los 28 aspirantes, así como miembros de sus planillas, para que den cumplimiento a la papelería y los requisitos que determina la Ley Electoral.
"Se propone revocar en todos los casos las determinaciones impugnadas, lo anterior, por que como se razona en cada una de las propuestas, los partidos realizaron una postulación indebida o incompleta de los registros de sus candidaturas a ayuntamientos y además el Instituto local omitió realizar las prevenciones y requerimientos correspondientes a la Coalición, a los partidos, o a las candidaturas involucradas respecto de las inconsistencias u omisiones detectadas en sus registros a fin de otorgarles la oportunidad de subsanarlas, por tanto se propone revocar las determinaciones impugnadas para los efectos precisados en cada una de las propuestas", refiere la sentencia aprobada.
Una vez otorgado el derecho de audiencia y las prevenciones pertinentes, quienes cumplan con papelería y requisitos, podrán ser avalados como candidatos, a quiénes no, se le rechazará su registro.
Sin embargo, en una ficha informativa dada a conocer por la Sala Regional no se precisan los días en que los 28 aspirantes y sus planillas deberán acudir al instituto para cumplir con los requisitos que les faltan.
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