Determina TEPJF que Ale Salazar, candidata a la alcaldía de Saltillo, incurrió en violencia política en razón de género

Se determinó que Frank Salas Pulido y Judith Alejandra Salazar Mejorado cometieron violencia política de género contra una mujer que ejerce un cargo público.

Alejandra Salazar permanecerá 1 año 6 meses en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política.
Saltillo, Coahuila /

Luego de que un tribunal especializado fallara en contra de la candidata de Morena, Alejandra Salazar y declarara que incurrió en violencia política de género, el Instituto Electoral de Coahuila informó que el fallo aún no ha sido notificado oficialmente y puede ser impugnable, por lo que oficialmente Salazar sigue siendo la titular de la candidatura de Movimiento de Regeneración Nacional para la alcaldía de Saltillo.

El Consejero Presidente del Instituto Electoral de Coahuila, Rodrigo Germán Paredes Lozano, expresó que hasta ahora “no se ha notificado la sentencia, estamos atentos para ver los efectos, hasta ahorita sin cambios sigue siendo candidata”.

Paredes Lozano explicó además que la sentencia puede ser impugnada ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ya que la emite una sala especializada.

Por su parte el área de comunicación de la candidata, señaló que aún no han sido notificados del acuerdo tomado por la Sala Especializada, por lo que una vez recibido se emitiría un posicionamiento al respecto a través de dicha estructura, también se informó que Salazar se encontraba con una agenda “muy atorada” aunque aseguraron que le consultarían para una posible entrevista sobre el tema.

Comité Directivo Estatal de Morena no emite respuesta

Finalmente el Presidente del Comité Directivo Estatal de Morena en Coahuila, Diego Del Bosque, no emitió ninguna respuesta sobre el particular, pese a que se le cuestionó si ya habían recibido alguna notificación.

Según un boletín emitido el pasado 23 de septiembre por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que “Frank Salas Pulido y Judith Alejandra Salazar Mejorado cometieron violencia política de género contra una mujer que ejerce un cargo público, por la difusión de publicaciones en redes sociales en el contexto de la discusión de la reforma energética en la Cámara de las Diputaciones”.

En el fallo, que fue por mayoría, el Pleno determinó que los comentarios de estas personas “tuvieron como finalidad generar la percepción de falta de autonomía para ejercer el cargo, lo que se traduce en una vulneración a sus derechos político-electorales”.

Por ello, el Pleno determinó que estas personas permanecerán un año 6 meses en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género y además, se les impuso una multa de 9 mil 622 pesos, tendrán que publicar un extracto de la sentencia en el canal de YouTube o perfil de Facebook, difundir una disculpa pública y tomar un curso en materia de violencia política de género.

La sesión de la Sala Especializada tuvo lugar el pasado 23 de mayo y en ella la ponencia de la magistrada Mónica Lozano Ayala presentó el proyecto de sentencia del procedimiento especial sancionador de órgano central 156 de 2024, que inició con la queja que presentó una mujer, cuyos datos de identificación son confidenciales, contra diversas publicaciones federales y otras personas por la difusión de publicaciones en redes sociales que, en su opinión, constituyen violencia política contra las mujeres en razón de género y calumnia en su contra.

Salazar Mejorado, habría emitido un contenido en YouTube, con diversas expresiones en relación con el debate de la reforma eléctrica, “y si bien pudieron considerarse como una crítica severa, lo cierto es que excedieron los límites de libertad de expresión, ya que dichas manifestaciones tienen varias interpretaciones”, señaló la magistrada; cabe mencionar que el proyecto fue aprobado por mayoría con el voto en contra del Magistrado Rubén Jesús Lara Patrón, quien consideró que debía analizarse bajo diversos criterios por tratarse también de actores diversos, entre ellos funcionarios públicos, ciudadanía y periodistas.





JVS

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