El Instituto de Contadores Públicos de Nuevo León informó que, a pesar de contar con declaraciones prellenadas, las personas físicas están siendo notificadas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) por la negativa a la solicitud de saldos a favor.
“Se tiene conocimiento que algunas personas físicas están siendo notificadas por el SAT sobre el rechazo parcial o total del saldo a favor presentado en su declaración anual”, indicó el instituto. El ICPNL dijo que, para solicitar nuevamente la devolución manual, lo tendrán que hacer utilizando la firma electrónica, por lo que muchos contribuyentes deberán de salir en búsqueda de una cita, para obtener o renovar dicha rúbrica electrónica.
La organización destacó que, entre los motivos o inconsistencias manifestados por el organismo recaudador, están que el retenedor no efectuó el pago de retenciones o cuando se detectan inconsistencias en las deducciones e ingresos acumulables, entre otros problemas.
El Instituto de Contadores Públicos recomendó que a través del apartado “Consulta tu devolución” en el portal del SAT, el contribuyente podrá revisar las inconsistencias detectadas por la autoridad y si no se reconoce alguno de los retenedores precargados en la declaración deberá eliminarse dicho registro.
En caso de existir diferencias entre los datos proporcionados por la autoridad y los contribuyentes, deberá presentarse de nuevo la declaración complementaria, corrigiendo las inconsistencias detectadas.
Además de lo anterior, es necesario en su caso actualizar la clave bancaria estandarizada (Clabe), verificando que esté a nombre del contribuyente y que siga activa, para ello será necesario adjuntar la carátula del estado de cuenta bancaria y que el documento no exceda de dos meses de antigüedad, después presentar nuevamente la solicitud de forma manual, a través del formato electrónico de devoluciones, toda vez que ya no aplicaría la facilidad administrativa del sistema automático, dicho trámite tendrá que enviarse utilizando la e.firma.
Los especialistas sugirieron también adjuntar la documentación y archivos que se consideren necesarios para aclarar las inconsistencias, mismos que deberán estar comprimidos en formato zip y con un tamaño máximo de 4 megabytes por archivo.
Los contadores públicos de Nuevo León sugieren que si una vez emprendidas estas acciones, la devolución es negada por la autoridad, el contribuyente podrá interponer un recurso de revocación, y si el resolutivo continúa siendo no favorable, entonces se podrá escalar e ir a un juicio de nulidad.
cog