Nuevo León da 6 meses para retirar cables en desuso

El Estado publicó en el Periódico Oficial los acuerdos para que este tipo de material ya no esté visible a fin de año.

Para el cumplimiento del decreto, los concesionarios deberán implementar un plan de retiro de cableado aéreo. | Archivo
Monterrey, Nuevo León /

Luego de que el Congreso local aprobara reformas y adiciones a diferentes leyes para retirar el cableado en desuso, el Gobierno del Estado publicó en el Periódico Oficial dichos acuerdos en donde se manifiesta que este tipo de material ya no deberá de estar visible para el mes de diciembre.

De acuerdo con las reformas y adiciones, en los transitorios se acordó que todas las empresas concesionarias de la instalación de cables tienen hasta los siguientes seis meses para retirar todo el material en desuso en los 51 municipios de Nuevo León.


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Además, se manifiesta que el plan de retiro de cables en desuso deberá contener lineamientos, y los 51 municipios tendrán un plazo de hasta 180 días posteriores a la entrada en vigor del presente decreto para homologar la reglamentación del mismo.

“Para el cumplimiento del presente decreto, los concesionarios deberán implementar un plan de retiro de cableado aéreo en desuso que deberán acordar con el Ayuntamiento respectivo. Dicho plan deberá contener los lineamientos para realizar el retiro de cableado aéreo en desuso de manera progresiva en los 51 municipios, esto dentro de un plazo máximo de seis meses a la entrada en vigor del presente decreto.
“Los municipios dispondrán de un plazo de hasta 180 días posteriores a la entrada en vigor del presente decreto para homologar su reglamentación con el fin de cumplir lo preceptuado por dicho decreto”, se lee.

Dentro de las adiciones se estableció una nueva fracción con el número 15 Bis del Artículo 236 de la Ley Ambiental del Estado de Nuevo León, donde se considera como violatoria la conducta de no retirar el cableado aéreo para la prestación de servicios de telecomunicaciones y similares que se encuentre en desuso, determinada por la autoridad competente previo desahogo del procedimiento administrativo establecido en el Artículo 77 Bis 4 de la Ley de Protección Civil para Nuevo León.

Cabe recordar que el 10 de mayo pasado el Pleno del Congreso de Nuevo León aprobó una serie de reformas que obligará a las empresas de telecomunicaciones a retirar el cableado en desuso, sino deben ser sancionadas por municipios.



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