Terminan comparecencias de candidatos a fiscal de Nuevo León

El Comité de Selección del Sistema Estatal Anticorrupción elaborará una lista y la remitirá al Congreso local, para que, dentro de 30 días, integre un documento final de cuatro aspirantes.

Terminan comparecencias de candidatos a fiscal de Nuevo León . | Kevin Recio
Monterrey, Nuevo León /

El Comité de Selección del Sistema Estatal Anticorrupción (SEA) terminó las 65 comparecencias de los candidatos a la titularidad de la Fiscalía General de Justicia (FGJ), al tiempo que elaborará una lista y la remitirá al Congreso local, para que, dentro de 30 días, integre un documento final de cuatro aspirantes.

Durante el último día de comparecencias, los últimos cinco candidatos de los 65 explicaron su plan de trabajo y ahora, según la Ley, se enviará la lista final al Pleno y éste la remitirá a la Comisión Anticorrupción para que se elabore el dictamen correspondiente y lo retorne a los legisladores.

En caso de que la lista enviada por el Comité de Selección contenga más de cuatro candidatos, cada legislador presente en el Pleno votará por cuatro opciones de la lista enviada por el Comité de Selección, y los cuatro aspirantes que obtengan el mayor número de votos, integrarán la lista del Congreso del Estado.


La lista de cuatro candidatos que integre el Congreso, se remitirá al Gobernador Samuel García, a fin de que en un plazo de cinco días naturales seleccione de ella la terna definitiva y la envíe nuevamente al Legislativo.

Tras ratificar su denuncia contra el Vocero del Estado, Aldo Fasci Zuazua, ante la FGJ, el presidente del Comité, Enrique David Ogaz, espera el análisis para emitir una postura.

La plataforma Milenio-Multimedios publicó el sábado que dos nuevas suspensiones provisionales de amparo otorgadas por el secretario en funciones del primer juez de Distrito en Materia Administrativa, Carlos Armando Moreno Pérez, ordenaban suspender el cúmulo de acciones, pero esto siguió.

El secretario en funciones de dicho juzgado aclara en el otorgamiento de la suspensión provisional a qué se refiere con su instrucción de abstenerse de designar a quien deberá ocupar el cargo de titular de la FGJ.

¿Qué sigue ahora?

1- Finalizado dicho mecanismo de evaluación, el Comité elaborará una lista fundada de aquellas personas aspirantes que cumplan con los requisitos constitucionales y legales previstos.

2- La lista se remitirá al Congreso local, para que, dentro de los 30 días naturales posteriores a la conclusión del plazo de la convocatoria, integre una lista de cuatro candidatos a ocupar el cargo de entre la lista de candidatos remitida por el Comité de Selección.

3- Luego, se remitirá a la Comisión Anticorrupción para que ésta elabore el dictamen correspondiente y una vez resuelto, sea retornado al Pleno.


4- En caso de que la lista enviada por el Comité de Selección contenga más de cuatro candidatos, cada legislador presente en el Pleno votará por cuatro opciones de la lista enviada por el Comité de Selección, y los cuatro aspirantes que obtengan el mayor número de votos integrarán la lista del Congreso del Estado.

5- La lista de cuatro candidatos que integre el Congreso se remitirá al Gobernador del Estado, a fin de que en un plazo de 5 días naturales seleccione de ella la terna definitiva y la envíe al Congreso del Estado.

6- Si el Gobernador no envía la terna, el Congreso del Estado tendrá 10 días naturales para designar al Fiscal de entre los cuatro candidatos de la lista integrada por el Pleno, conforme al procedimiento establecido en la fracción IV del apartado a) del artículo 35 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León.

7- El Congreso del Estado con base en la terna definitiva, llevará a cabo la Comparecencia ante el Pleno del Congreso, de los candidatos y designará al Fiscal General de Justicia del Estado, mediante el voto de las dos terceras partes de los integrantes de la Legislatura.

8- De no alcanzarse dicha votación, se procederá a una segunda votación de entre los dos integrantes de la terna que hayan obtenido más votos, en caso de empate entre los candidatos que no obtuvieron el mayor número de votos, habrá una votación para definir por mayoría quien de entre dichos candidatos participará en la segunda votación, si el empate persiste se resolverá por insaculación entre ellos.

9- Si en la segunda votación ninguno de los dos obtuviere el voto de las dos terceras partes de los integrantes de la Legislatura, se procederá a la insaculación de entre estos dos últimos.

10- Todos los procedimientos previstos en la presente BASE serán públicos y los documentos correspondientes se publicarán en el Portal de Internet del Congreso del Estado en los términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León.





mvls 

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