En Nuevo León, proponen modificar el artículo 45 para mejorar la calidad de vida de niños y jóvenes

La primera reforma propone modificar el artículo 45 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado de Nuevo León, para que menores no puedan pedir dinero en la calle.

Los niños que piden dinero en las calles corren el riesgo de ser atropellados o sufrir abusos.
Nuevo León /

Con el fin de mejorar las condiciones de vida para la niñez, la juventud y las personas trabajadoras del servicio público estatal, el diputado local de Movimiento Ciudadano, Roberto Farías, presentó tres iniciativas de reforma.

La primera reforma, detalló Farías, propone modificar el artículo 45 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado de Nuevo León, y con ello prohibir que los menores pidan dinero en calles.

“Actualmente la ley contempla 11 distintas modalidades de explotación dentro del delito de trata de personas, de las cuales la mendicidad forzada toma lugar por ser un medio de corrupción de menores. Pero más allá de las definiciones, la realidad es aún más lamentable, pues la situación de mendicidad se normaliza y aleja de ser un problema social”, explicó Farías.

¿Qué busca garantizar?

Con la modificación a esta legislación estatal, se garantiza a niñas, niños y adolescentes el acceso a una vida libre de condiciones de mendicidad, entendiendo por ésta toda situación que implique explotación laboral para él o para un tercero.

La segunda propuesta de reforma presentada por Farías, es una modificación al artículo 6 de la Ley de la Juventud del Estado, con la que se busca garantizar el derecho de las y los jóvenes de Nuevo León al trabajo digno o decente, término que se extrae del del artículo 2 de la Ley Federal del Trabajo.

En ella, dijo, se remarca el respeto irrestricto a los derechos colectivos de los trabajadores, tales como la libertad de asociación, autonomía, el derecho de huelga y de contratación colectiva.

¿Qué dice la última propuesta?

La última propuesta de reforma del diputado, es la modificación a los artículos 2 y 9 de Ley Estatal del Servicio Civil, para que el teletrabajo, también conocido como “home office”, esté regulado y pueda reconocerse en beneficio de quienes trabajan en la función pública.

“Nuestra intención es hacer del teletrabajo un instrumento incluyente, participativo y y capaz de mejorar la calidad de vida, pues le permitirá quienes trabajan en el servicio público del Estado conciliar su vida dentro y fuera de la oficina”, concluyó


elmm

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