Los magistrados del Tribunal Electoral de Nuevo León (TEE), por mayoría de votos, decidieron cancelar la convocatoria para resolver la impugnación de la elección del municipio de Monterrey, que estaba programada para las 14:30 horas de este sábado.
Durante el día viernes, el magistrado ponente del caso, Jesús Eduardo Bautista Peña, anunció en estrados que la sesión se llevaría a cabo en la hora mencionada anteriormente del sábado.
Sin embargo, de acuerdo con fuentes, los tres magistrados del tribunal tuvieron una sesión privada por la noche en donde Claudia Patricia de la Garza Ramos y el magistrado en funciones, Fernando Galindo Escobedo, determinaron que, ante la negativa de la Fiscalía General de Justicia de proporcionar la geolocalización de los vehículos el día de la jornada electoral, es que no se puede llevar a cabo la sesión de resolución hasta en tanto no se desahogue dicha prueba.
"Se deja sin efectos la convocatoria a sesión pública de resolución del expediente JI-138/2024 y sus acumulados", se lee en el apartado de estrados del Tribunal Electoral.
Lo anterior, en atención a un recurso de reconsideración que interpuso Movimiento Ciudadano dentro del expediente de la impugnación de Monterrey.
"Doy cuenta al pleno de este organismo del estado que guarda el incidente innominado dentro del juicio de inconformidad con clave de identificación JI-138 2024 y acumulados, junto con el proyecto de acuerdo propuesto por el secretario en funciones de magistrado, Fernando Galindo Escobedo, a quién fue turnado en reasignación el incidente innominado al considerar la mayoría que el trámite asignado era incorrecto debiéndose regularizar el procedimiento."
"Acuerdo del pleno del tribunal electoral del Estado de Nuevo León por medio del cual se resuelve el incidente innominado interpuesto por el maestro aram Mario González Ramírez y otros en su carácter de representantes del partido político Movimiento Ciudadano", refiere el recurso de reconsideración que cancela la sesión de este sábado.
Ante dicha situación, como la Fiscalía argumentó que no podía proporcionar esa información al ser confidencial, la fuente señaló que sí están obligados a entregarla dado que se trata del ordenamiento de un juez.
Con ello, se retira el estado de sentencia en que se tenía dicho caso y se mantiene el expediente abierto hasta en tanto no se desahogue la prueba en cuestión.
"Se reencauza el recurso interpuesto por el partido Movimiento Ciudadano a recurso de reconsideración, por lo que se instruye el secretario general de acuerdos de este tribunal electoral proceda de conformidad a sus reglas."
"Se suspende el término para dictar la sentencia dentro del juicio de inconformidad JI-138/2024 y sus acumulados en los términos establecidos en el presente acuerdo", concluye el recurso de reconsideración.
Una vez brindada la prueba faltante, ahora sí el magistrado ponente del caso, Jesús Eduardo Bautista Peña, estará en condiciones de poner de nueva cuenta en estado de sentencia la impugnación para dar una resolución de fondo en los 10 días siguientes.
bimc