UIFE y Fiscalía Especializada en Inteligencia Financiera comparten atribuciones, pero con restricciones

La UIFE, adscrita al gobierno encabezado por Samuel García, puede analizar asuntos financieros, pero dichos datos deben utilizarse para integrar investigaciones de carácter fiscal.

La Suprema Corte estableció que la UIFE también puede inmovilizar cuentas bancarias sin ningún problema. | Jorge López
Monterrey, Nuevo León /

Tras el fallo de la Suprema Corte sobre una reforma aprobada por el Congreso de Nuevo León, la Unidad de Inteligencia Financiera y Económica (UIFE) de la Tesorería estatal y la Fiscalía Especializada en Inteligencia Financiera (FEIF) deberán “convivir” para compartir información únicamente cuando sea necesario.

De acuerdo con información de sus sitios oficiales, la UIFE, adscrita al gobierno encabezado por Samuel García, puede analizar asuntos financieros; sin embargo, dichos datos deben utilizarse para integrar investigaciones de carácter fiscal, es decir, relacionadas con impuestos.

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  • Economía Esther Herrera

Corte establece que UIFE puede inmovilizar cuentas bancarias

La Suprema Corte estableció que la UIFE también puede inmovilizar cuentas bancarias sin ningún problema, debido a que invalidó el párrafo tercero de la Ley Orgánica de la Fiscalía, que le prohibía hacerlo.

La Fiscalía Especializada, dependiente del órgano de procuración de Justicia, también puede analizar información financiera, de hecho, lo que obtenga debe servir únicamente para integrar o investigar delitos.

Al igual que la UIFE, la Fiscalía tiene facultades para inmovilizar cuentas bancarias.

En la sentencia de la Corte, establece que la Fiscalía tiene atribuciones específicas que debe ejercer exclusivamente con motivo de sus funciones como órgano investigador de delitos.

Lo anterior, en el marco de la aplicación de inteligencia financiera para la identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita y de la comisión de delitos fiscales en Nuevo León.

Sin embargo, no pueden emprenderse como actos de carácter fiscal, exclusivos de la Tesorería General.

La reforma fue aprobada por el Congreso en el 2024, pero el Estado recurrió a la Suprema Corte para evitar que la Fiscalía fuera la única en congelar cuentas.

La resolución tendrá efectos retroactivos, por tratarse de materia penal, por lo que deberán de dejarse sin efecto los aseguramientos o inmovilizaciones de cuentas de aquellas personas que se han visto afectadas por la norma que entró en vigor el 13 de febrero de 2024.

Dicha acción de inconstitucionalidad, promovida por la bancada de Movimiento Ciudadano y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), generó un debate entre los ministros en el Pleno.




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  • Kevin Recio
  • Periodista en Grupo Multimedios donde cubre, principalmente, el Poder Legislativo del Estado de Nuevo León. Gusto por la política, la lucha libre, y el pop en inglés. Galardonado con el Premio Coronel Amelio Robles y el Premio Estatal de Periodismo.
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