El concubinato en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) tiene varios propósitos y beneficios para los convivientes que cumplen con los requisitos establecidos.
Para acreditar el concubinato ante el ISSSTE en México, es necesario seguir ciertos pasos y presentar cierta documentación.
¿Cómo dar de alta el concubinato ante el ISSSTE?
- Identificación oficial vigente (Credencial para votar INE, Pasaporte o Cédula profesional). Original.
- Acta de Nacimiento de la (del) concubina (rio). Copia certificada.
- Clave Única de Registro de Población (CURP) de la (del) concubina (rio). Original y Copia.
- Escrito manifestando que dicho familiar no tiene por sí mismo derechos propios a los seguros, prestaciones y servicios previstos en la Ley del ISSSTE o a otro similar en materia de servicios de salud, otorgado por cualquier otro instituto de seguridad social. Original.
- Información testimonial en la que se acredite que la (del) concubina (rio) han vivido en unión libre con el (la) trabajador(a) o pensionado(a) directo(a) durante un mínimo de cinco años en los cuales se han mantenido libres de matrimonio. Original.
O en su caso, podrá presentar copia certificada del Acta de Nacimiento del hijo procreado con el (la) trabajador(a) o pensionado(a) directo(a).
¿Qué información necesito para llenar el escrito libre que me requieren?
- Nombre del trabajador.
- Manifestar que dicho familiar no tiene por sí mismo derechos propios a los Seguros, Prestaciones y Servicios previstos en la Ley del ISSSTE o a otro similar en materia de Servicios de Salud, otorgado por cualquier otro Instituto de Seguridad Social.
¿Qué pasos debo realizar para el trámite?
- Acude al Departamento de Afiliación y Prestaciones Económicas en las Delegaciones Estatales y Regionales del ISSSTE y/o Área Técnica en las Clínicas de Medicina Familiar del ISSSTE más cercana a tu domicilio.
- Solicita el registro del familiar derechohabiente.
- Presenta la documentación requerida.
- Recibe el aviso de registro del familiar derechohabiente.
¿Qué pasaría si no realizo este trámite?
La concubina o el concubinario del trabajador o pensionado directo no tendrían derecho al seguro de salud otorgado por el ISSSTE.
Cabe señalar que para este trámite no es necesario realizar una cita, además de que es completamente gratuito.
Además, el concubinato debe ser reconocido y acreditado ante el ISSSTE siguiendo los procedimientos y requisitos establecidos por la institución para que los convivientes puedan acceder a estos beneficios. El reconocimiento del concubinato implica demostrar ante el ISSSTE que la pareja cumple con los criterios definidos por la institución para ser considerados como tal, lo que puede incluir la convivencia continua, la ausencia de matrimonio legal, entre otros requisitos.
GB