Ya se acerca cada vez más el inicio de 2024 y habrá reformas a la Ley Federal del Trabajo, las cuales ya fueron aprobadas, a continuación te decimos cuáles son.
Se trata de la licencia de paternidad y la Ley Silla, estas prestaciones serían parte de las que ya existen en la Ley, además de las que ya conocemos dentro de tus derechos como empleado.
¿En qué consisten los cambios en la licencia de paternidad?
Con esta modificación se les otorga a los hombres un permiso de paternidad de 20 días laborales con goce de sueldo,recordemos que anterior a este cambio se daban solo 5 días contados a partir del nacimiento de sus hijos o en caso de la adopción de un menor.
También se establece que en caso de complicaciones posteriores al parto que perjudiquen a la madre o al recién nacido, el permiso podrá ser de hasta 30 días, previa presentación del certificado médico.
¿En qué estatus está la nueva licencia de paternidad?
Luego de su aprobación en la Cámara de Diputados, la reforma será enviada al Senado para que sea analizada, y en caso de que los senadores la avalen pasará al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
No obstante que las sesiones ordinarias en el Congreso terminaron este viernes 22 de diciembre, el permiso de paternidad de 20 días tendrá que esperar hasta que se reanude el periodo de sesiones ordinarias, que es hasta el 1 de febrero de 2024.
¿En qué consiste la Ley Silla?
La Ley Silla fue aprobada por unanimidad en Comisiones Unidas de Trabajo y Estudios Legislativos del Senado de la República. Una iniciativa que deberá pasar por la Cámara de Diputados y que es muy necesaria para la seguridad y salud en el trabajo.
La Ley Silla trata de no permitir que las personas trabajadoras permanezcan de pie durante toda la jornada laboral, con lo cual se obliga a los centros de trabajo a proveer sillas con respaldo y a repensar los periodos de descanso en ese sentido.
¿Cuáles son las nuevas prestaciones laborales según la Ley Federal del Trabajo?
*Vacaciones
*Prima Vacacional
*Aguinaldo
*Seguridad Social
*Pago de utilidades
*Días de descanso
*Otras prestaciones:
En cuanto a la licencia de Maternidad, todas las mujeres tienen derecho de no acudir a trabajar 6 semanas antes y 6 semanas después de su embarazo, con goce de sueldo.
Respecto al periodo de lactancia, todas las mujeres pueden tomar dos descansos de media hora al día para alimentar a su bebé en caso de que la empresa tenga espacio para hacerlo. De lo contrario, la jornada laboral se reduce una hora.
Es importante señalar que esta prestación de la Ley Federal del Trabajo es aplicable durante 6 meses después del parto.
Prima de antigüedad: Después de 15 años de antigüedad el empleado tendrá derecho a 12 días de salario por cada año cumplido.
JVS