Cómo puedo saber si tengo derecho a la guardería del IMSS

El servicio de guardería del IMSS se proporciona a los niños de 43 días de nacidos a cuatro años.

La guardería es un centro de atención, cuidado y desarrollo integral para los hijos de los trabajadores. | Diseño Samantha Martínez
Saltillo, Coahuila /

Si estás embarazada y quizá no tengas la manera de poder cuidar a tu hijo después del parto porque eres empleada, y tienes duda de si tienes derecho a la guardería del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) aquí en Telediario te damos los detalles que necesitas saber.

De acuerdo con la página oficial del gobierno federal indica que el servicio de guardería del IMSS promueve el desarrollo integral de los niños con y sin discapacidad mediante acciones pedagógicas, una alimentación sana y seguimiento a la salud, con personal calificado en instalaciones seguras y funcionales.

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Cabe destacar que la guardería es un centro de atención, cuidado y desarrollo integral para los hijos de los trabajadores, en términos de lo dispuesto en los artículos 201 al 207 de la Ley del Seguro Social.

¿Desde qué edad pueden ingresar los niños a guardería del IMSS?

Es importante mencionar que este servicio de guardería se proporciona a los niños de 43 días de nacidos a cuatro años. El IMSS provee el servicio directamente o mediante centros de atención infantil administrados por particulares con quienes tiene un convenio.

Guardería IMSS | IMSS

El horario de este servicio se proporciona de lunes a viernes, excepto los días de descanso obligatorio, durante nueve horas en horario matutino y vespertino, según lo previsto en cada unidad, aunque en el esquema de Guardería Integradora el servicio es de 10 horas, por tanto el servicio no se proporciona en horario nocturno por disposición de ley.

¿Quiénes tienen derecho a las guarderías del IMSS?

El servicio de guardería es gratuito para el trabajador derechohabiente del Instituto Mexicano del Seguro Social, los recursos del seguro de guarderías son una aportación patronal conforme a la Ley del Seguro Social.

Si eres trabajador(a) asegurado(a)y estás registrado(a) bajo el Régimen Obligatorio del IMSS por lo tanto tienes derecho al servicio de guardería para tus hijos, desde 43 días de nacidos y hasta que cumplan 4 años.

Existe dentro de estos servicios el de Guardería Integradora que cuenta con un área adicional para dar apoyo a las terapias de rehabilitación que reciben de manera externa los niños con discapacidad.

En las unidades del esquema Guardería Integradora los niños se dividen en cuatro grupos (I al IV) de acuerdo con el nivel de desarrollo y el grado de autonomía.

¿Cómo se realiza la inscripción a guarderías del IMSS?

El trámite se puede hacer directamente en la guardería o en https://stigi.imss.gob.mx/.

Los requisitos para realizar el trámite de Inscripción y los tipos de modalidad del Trámite se pueden consultar a través de la liga.

Antes de iniciar el trámite, el niño debe estar registrado en la Unidad de Medicina Familiar como beneficiario del trabajador asegurado con derecho al servicio (excepto para trabajadores bancarios).

Para registrar la solicitud de inscripción hay que tener a la mano los siguientes datos:

-Número de Seguridad Social

-CURP del trabajador asegurado con derecho al servicio

-CURP del niño, el domicilio y teléfono del trabajo y particular. -Cuenta de correo electrónico del trabajador asegurado.

-La razón social de la empresa donde labora el trabajador asegurado.

-El número de la Unidad de Medicina Familiar en la que se encuentre registrado el niño.

-Número o nombre de la guardería elegida.

-Si el trámite se realiza en la guardería, es necesario proporcionar el registro patronal del empleador.




JVS


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