Con la llegada de diciembre, muchos trabajadores esperan ansiosos recibir el aguinaldo, una prestación anual que representa un apoyo económico importante para quienes laboran en México. Este ingreso adicional ayuda a cubrir gastos de la temporada y es una obligación para todos los patrones del país.
Sin embargo, existen detalles importantes a considerar, pues habrá algunos trabajadores que no podrán recibir este beneficio. Aquí en TELEDIARIO, te damos los detalles.
¿Cuántos días de aguinaldo son por ley en México?
Según la Ley Federal del Trabajo (LFT), todos los empleados formales, es decir, aquellos que trabajan en una empresa o institución bajo contrato, tienen derecho a recibir un aguinaldo equivalente a al menos 15 días de salario por año trabajado.
Es importante resaltar que, si un trabajador lleva menos de un año en su empleo, el aguinaldo se calcula de forma proporcional, considerando el tiempo que lleva laborando en la empresa.
Los empleadores tienen hasta el 20 de diciembre para entregar esta prestación, y aquellos que incumplan enfrentan multas y sanciones.
¿Quiénes sí recibirán aguinaldo?
El aguinaldo es una prestación obligatoria para todos los empleados formales de la iniciativa privada y el sector público, desde trabajadores de tiempo completo hasta aquellos que desempeñan labores a medio tiempo. Tanto empleados de planta como aquellos bajo contratos temporales tienen derecho a este ingreso adicional siempre que exista una relación laboral formal.
“El pago de aguinaldo les corresponde a las y los trabajadores, de base, confianza, de planta, sindicalizados, por obra o tiempo determinado, temporada, por tiempo indeterminado sujeto a prueba o sujeto a capacitación inicial, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguro, vendedores, entre otros que se rijan por la Ley Federal del Trabajo”, apuntó el Gobierno de México.
Finalmente, las personas que se dedican al trabajo doméstico, aunque históricamente no se incluían en la lista de beneficiarios, ahora tienen derecho a recibir aguinaldo, en especial aquellos que han sido registrados formalmente por sus empleadores.
¿Quiénes no podrán recibir el aguinaldo?
Los trabajadores que se encuentren en el régimen “por honorarios” no reciben esta prestación, así como los trabajadores que pidieron un préstamo a su empresa; o los que tienen alguna deuda, como el pago de la pensión alimenticia; los que pidieron adelanto del aguinaldo; además los que renunciaron o fueron despedidos, pues este pago se verá reflejado únicamente de manera proporcional en el finiquito o liquidación.
Asimismo, en la economía informal no tienen derecho a esta prestación, ya que no están bajo el régimen de la LFT. Del mismo modo, aquellas personas que laboran en plataformas de reparto o servicios de transporte que se manejan bajo el esquema de "colaboradores independientes" no están protegidos para recibir aguinaldo, ya que estas empresas suelen no ofrecer una relación laboral formal.
AFV