En la Línea 5 del Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro de la Ciudad de México, la cual va de Pantitlán a Politécnico, se presentó una denuncia en la que se acusa a un conductor de dicho transporte de presuntamente abusar sexualmente de una joven, justo en la cabina del convoy.
Los hechos se dieron a conocer a través de la cuenta oficial del periodista Carlos Jiménez en X (antes Twitter), por lo que aseguro que la víctima entró a la cabina, pues el chofer le ofreció que pasará, así como en el camino le dijo que manejara el tren, pero el hombre se aprovechó de la situación y presuntamente abusó de ella.
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Por su parte, el Metro informó que ya tomó conocimiento de lo sucedido e inició una investigación interna, al igual que aseguró que ayudarán a las autoridades a esclarecer el caso.
“El exhorto a usuarias y usuarios es a denunciar inmediatamente, con el personal de seguridad dispuesto en los andenes, cualquier ilícito ocurrido al interior de la red”, aseveró el Sistema de Transporte Colectivo en una publicación de X.
Además, la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México ya se mantiene indagando al respecto, aunque no se han dado detalles de sobre la identidad del operador, ni sobre la joven, pero se especula que la retuvo más de una estación, pues al parecer la tomó de la cintura y le realizó tocamientos.
¿Cuál es la pena por abuso sexual en CdMx?
De acuerdo con el Código Penal vigente de la Ciudad de México es considerado como abuso sexual, el delito que se ejecuta a una persona, sin su consentimiento, “o la obligue a ejecutar para sí o en otra persona, actos sexuales sin el propósito de llegar a la cópula”.
Por ello, las personas que cometan dicho delito podrán ser sentenciadas a una pena de entre seis a diez años de prisión y hasta doscientos días de multa.
Asimismo, el ingreso a las cabinas de conducción de los trenes o a las instalaciones reservadas para uso exclusivo del personal autorizado se considera como una causa para que el Metro le niegue el servicio al usuario infractor, pues dicha acción entra en el Reglamento de la Ley de Movilidad.
Pero cabe resaltar que el conductor incumplió en sus obligaciones, pues como personal del Sistema de Transporte Colectivo no debió invitar a la mujer a la cabina, ya que eso implica una falta en sus labores.
SCM