Nueva ley antitabaco en Jalisco podría ser revocada debido a posibles problemas económicos, dice experto de la UDG

Se estima que los consumidores de tabaco impulsen amparos al argumentar la vulneración a sus derechos y libertades.

Cenicero con cigarros / Pixabay
Jalisco /

La nueva Ley General para el Control de Tabaco que entró en vigor el 15 de enero en Jalisco, y que prohíbe el consumo de cigarros en espacios públicos o de alta concentración de personas, podría se echada abajo debido a la promoción de amparos por las posibles afectaciones económicas que tendrán las disposiciones para los empresarios.

El profesor investigador de la Universidad de Guadalajara (UDG), Francisco Jiménez Reynoso, detalló que los recursos podrían ser presentados de manera individual o colectiva.

“Que se conceda la admisión del amparo, que se admita, y al momento de admitir puede dictarse una suspensión, esta suspensión puede ser provisional o definitiva. Si es provisional, el juez puede determinar que las cosas queden en el estado que guardan hasta que se no se resuelva el fondo del asunto (…) La otra es que se conceda una suspensión definitiva”, manifestó Reynoso.

Jiménez Reynoso indicó que también se estima que los consumidores de tabaco puedan impulsar amparos al argumentar la vulneración a sus derechos y libertades. Además, señaló que la nueva ley tiene vacíos, ya que no contempla ninguna disposición respecto al uso de vapeadores y otras drogas.

“Hay algunas cuestiones que también deben de considerarse con el consumo del tabaco y sustancias similares, por ejemplo, el tema de los vapeadores, cómo quedaría, o hay laguna, el tema de la mariguana, este tipo de drogas consideradas o llamadas como blandas”, dijo Jiménez Reynoso.

La reforma a la ley prohíbe el consumo de cigarros en espacios al aire libre donde se vendan alimentos o bebidas, como restaurantes y bares, así como espacios públicos como parques, áreas de juego, playas y estadios, además restringe la exhibición de cajetillas en mostradores de tiendas, la publicidad de productos elaborados con tabaco en medios de comunicación.

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  • Comunidad Redacción

Para las personas que violen esta ley, se establecen multas de hasta 60 mil pesos y hasta medio millón de pesos, así como la clausura por permitir a los clientes fumar en sus instalaciones y la cancelación de licencia sanitaria.

Por su parte, la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) vigilará el cumplimiento de la norma.

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