En Jalisco sólo se han dictado cuatro sentencias por maltrato animal en los últimos nueve años, a pesar de que en 2014 entró en vigor en el estado la ley que tipifica como delito la crueldad animal, mientras que las penas siguen siendo laxas y un botón de muestra es el bajo número de sentencias que se han emitido.
De acuerdo a Francisco Jiménez Reynoso, académico de la Universidad de Guadalajara (UDG), el Código Penal es blando en cuanto a las sanciones, ya que solamente de forma directa castiga con cárcel a quien trate de matar a un animal o lo trate de forma cruel o reincidente.
“Si es la primera vez que ataca a un animal, puede obtener los beneficios sin pisar la cárcel”, aclaró Jiménez.
En el estado de Jalisco, las cifras de maltrato animal son altas, ya que sólo en enero de 2021 a febrero de 2023, la Fiscalía recibió 162 denuncias.
Para la activista Fabiola Ávila, estos casos siguen a la alza porque las leyes no están hechas para proteger a los animales.
“Desde el abandono, desde ahí empieza el maltrato (…) De todo: acuchillados, navajeados, mutilados, violados, hay cosas que de plano, les hacen lo inimaginable a los pobres animalitos (…) Cada día aumenta esto y mientras no hayan leyes que los protejan, pero que los protejan de verdad, vamos a seguir en la impunidad y van a seguir más casos”, ahondó Ávila.
Ante este panorama y con la próxima renovación del Congreso de Jalisco, urge hacer ajustes a la ley.
“Menos multas, menos tema de trabajo social y menos beneficios como los procesos abreviados para no pisar la cárcel y que sí se sancione par que tenga un escarmiento serio a quien ataque a un animal, sobre todo de manera cruel e intencional”, explicó Reynoso.
¿Qué dice la ley actual sobre el maltrato animal en Jalisco?
El artículo 305 establece una multa por el equivalente de 20 a 50 veces el valor diario de la UMA, es decir de dos mil 171 a cinco mil 428.5 pesos, a quien cause lesiones a un animal, que no pongan en riesgo sus funciones físicas o su vida.
Serán de 100 a trescientas veces UMA, es decir de 10 mil 857 a 32 mil 571 pesos, si las lesiones ponen en riesgo sus funciones físicas o su vida.
En los casos de reincidencia, se impondrá una pena de seis meses a dos años de prisión y multa por el equivalente de 100 a 300 UMA
El artículo 306 establece que quien provoque la muerte de un animal, recibirá de seis meses a tres años de prisión y una multa de 200 a mil UMA, es decir de 21 mil 714 a 108 mil 570 pesos.
AA