La mañana de este lunes, autoridades del ayuntamiento de Mapimí, Durango, se pusieron en marcha para ejecutar un embargo emitido por el Tribunal Laboral Burocrático en relación al pago de 13 ex trabajadores.
Elia Estarás Macías, de la asociación civil Central Campesina Cardenista A.C., señaló que al momento de ejecutar el embargo y en presencia de la actuaría, se encontró una presidencia desmantelada. La entrevistada compartió que los extrabajadores fueron despedidos de forma injustificada desde hace más de una administración, en la cual se han irrespetado los intereses de los particulares.
"Estamos hablando de derechos que se ejercieron de forma adecuada, estamos hablando de un laudo el cual se tiene que cumplir a favor del trabajador".
Estrada Macías señaló que ya había establecido varios objetos que serían embargados, pero tras la visita de este lunes, las oficinas estaban vacías.
De acuerdo con el pago del laudo a ejecutar, corresponde al monto de un millón 153 mil pesos, correspondiente al pago de los 13 ex trabajadores. Ante esto, la parte afectada interpondrá una denuncia por obstrucción a la justicia ante la Fiscalía Anticorrupción y la Fiscalía Región Laguna uno.
"Estamos en un estado de derecho que se tiene que cumplir, además de los temas de materia laboral que forman parte de los mismos derechos constitucionales".
Ante esto, los afectados señalaron que no perderán la fe en las instituciones de gobierno y esperan que el conflicto se pueda resolver de la mejor manera posible.
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¿Cómo se define el despido injustificado?
Con base en la página web del Gobierno de México, cuando una empresa se enfrenta a dificultades económicas y, a pesar de sus esfuerzos, no puede superarlas, una de las opciones disponibles es reducir su personal. En esta situación, el trabajador tiene derecho a recibir una indemnización por su separación laboral, la cual se calcula en función de su tiempo de servicio.
La indemnización debe incluir los siguientes elementos:
1. Tres meses de salario.
2. La prima de antigüedad, que consiste en el pago de 12 días de salario por cada año de servicio, con un límite máximo equivalente al doble del salario mínimo.
Además, el trabajador tiene derecho al pago proporcional de:
3. Aguinaldo.
4. Vacaciones y su respectiva prima vacacional.
5. Cualquier otra prestación generada durante su empleo y que aún no haya sido cubierta.
Es importante destacar que estos derechos están respaldados por la legislación laboral y deben ser cumplidos por la empresa al realizar un recorte de personal.
EC