Cuáles son los requisitos para el matrimonio igualitario en Puebla

Desde el año 2020 las parejas del mismo género pueden casarse en Puebla.

Matrimonio igualitario / Agencia Enfoque
Puebla. /

Desde el año 2020 en Puebla se aprobó el matrimonio igualitario, por lo que se modificó el artículo número 294 del Código Civil del estado que permite a dos personas de cualquier género contraer nupcias en el registro civil.

El artículo antes mencionado quedó de la siguiente manera: “el matrimonio es un contrato civil por el cual dos personas se unen voluntariamente en sociedad, para llevar una vida en común, con respeto, ayuda mutua e igualdad de derechos y obligaciones”.


Por lo tanto, las parejas que deseen contraer nupcias antes deben tramitar el acta de presentación matrimonial.

De acuerdo con el Gobierno de Puebla este trámite: “se realiza con la finalidad de publicar por cinco días, la solicitud de los pretendientes para contraer matrimonio, a través de la exposición en un lugar visible y conocer si alguien tuviere impedimento para que se realice el matrimonio”.

Los requisitos son:

  • Acta de nacimiento de cada uno de los pretendientes.
  • Identificación Oficial vigente con Fotografía de cada uno de los pretensos.
  • 2 testigos por cada uno de los pretensos mayores de edad, con identificación oficial vigente (los padres de los pretensos de preferencia no, cuando intervengan en el acto) (véase identificaciones autorizadas).
  • Certificado médico Prenupcial, de cada pretendiente no mayor a 15 días naturales de expedición.
  • Acta de divorcio. Sólo en el caso de que uno o ambos pretendientes sean divorciados.
  • En caso de que alguno de los contrayentes sea extranjero: Acta de nacimiento apostillada y traducida al idioma español por perito traductor oficial.
  • Toda la documentación descrita se deberá presentar en original y copia.
  • Identificaciones válidas: credencial para votar con fotografía, pasaporte, licencia de conducir, cartilla militar o constancia de identidad.
  • El costo de este trámite es de: 145 pesos mexicanos.


Después para el registro del matrimonio se requiere:

  • Identificación oficial con Fotografía (original y copia) de los contrayentes y de 2 testigos (no pueden ser testigos los padres de los pretensos).
  • Acta de Presentación matrimonial. Deberá tramitarse en el mismo juzgado 8 días antes de la celebración del matrimonio. Esta se podrá dispensar previo pago de derechos.
  • Certificado médico de cada pretendiente no mayor a 15 días naturales de expedición.
  • El costo por hacerlo en el Registro Civil es de 800 pesos, si es fuera del juzgado se cobran 2 mil 600 pesos.

ERV

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