¿De cuánto es la multa por orinar en la vía pública en Monterrey?

¡Podrías ser arrestado! Todas las acciones que vayan en contra del Reglamento Municipal van a recibir una multa, por lo que te recomendamos revisar cuánto vas a pagar si omites las reglas locales.

Multas en Monterrey │Telediario.
Monterrey, Nuevo León. /

En todas las ciudades exiten reglamentos municipales los cuales deben ser complidos por parte de la población para evitar ser sancionados o recibir llamados de atención por parte de las autoridades.

Algunas de los motivos por los que una persona puede recibir una sanción son aquellos que tienen relación con alterar el orden público, con la seguridad de la población, con afectar la moral o a las buenas costumbres; los que van contra la salud o el ambiente y el equilibrio ecológico o bien, pueden ser de carácter administrativo.



En esta ocasión te decimos cuánto podrías pagar o qué sanción podrías recibir si cometes el error de orinar en vía pública en la ciudad de Monterrey.

Por orinar o defecar en los parques, plazas, lotes baldíos o en cualquier tipo de lugar y vía puede hacerte caer en cárcel y/o la aplicación de una multa.

El arresto puede ser de 24 horas, mientras que la multa será determinada por un Juez Cívico. 

Multas por orinar en carreteras o autopistas

Además, si tienes motivos para tomar carretera e ir de una ciudad a otra y realizas esta acción en autopistas federales, debes saber que el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal indica que es una "multa de 5 a 10 veces la cuota diaria".

Es decir, de 5 a 10 veces del salario mínimo, lo que significa que por no ir a algún sanitario público, vas a pagar entre mil 37.2 a 2 mil 74.4 pesos.


“Queda prohibido a conductores, pasajeros y peatones orinar y defecar en las vías federales, cuando no se efectúe al interior de los sanitarios que forman parte de los servicios auxiliares vinculados a la infraestructura, asimismo les está prohibida cualquier conducta que atente contra la moral pública o el pudor de los demás usuarios. La contravención a este artículo se sancionará con multa de 5 a 10 veces la cuota diaria que establece este Reglamento, salvo los peatones, quienes serán sancionados con amonestación verbal”.




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