Durante los primeros diez meses de 2024, en el estado de Nuevo León se registraron un total de mil 59 denuncias por el delito de despojo, de las cuales 327, equivalentes al 30.97 por ciento, ocurrieron en los municipios de Monterrey y Juárez.
Esto luego de que, según las estadísticas por municipio de la Fiscalía General de Justicia estatal, del 1 de enero al 31 de octubre se reportaron 191 delitos de despojo de cosas inmuebles y de aguas en Monterrey, así como 137 carpetas de investigación abiertas por casos denunciados en Juárez.
Mientras que en tercer lugar se ubicó Guadalupe con 86 averiguaciones previas, en cuarto Escobedo con 79, quinto Apodaca con 65, y completando el top 6 municipal del despojo en la entidad, García con 64.
En este lapso del año, muestran las cifras oficiales, se denunciaron delitos de despojo en 42 de los 51 municipio de Nuevo León, lo que equivale a un 82.35 por ciento,
Al corte del 31 de octubre aparecen sin delitos de despojo los municipios de Doctor Coss, Higueras, Hualahuises, Los Aldamas, Los Herreras, Melchor Ocampo, Mier y Noriega, Parás y Vallecillo.
En tanto que la radiografía municipal del despojo en la entidad destaca que por debajo de los citados primeros seis lugares se ubicaron los municipios de San Nicolás con 58 delitos, Santiago 49, Santa Catarina 44, Pesquería 36, Cadereyta 33, Montemorelos 25, San Pedro 18, Zuazua 18, Allende 16, Ciénega de Flores, El Carmen y Linares con 15 cada uno.
En tanto que Doctor Arroyo suma ocho, Doctor González siete, Galeana seis, Los Ramones seis, China cuatro, Hidalgo cuatro, Anáhuac tres, Bustamante tres, Zaragoza tres.
Y, con dos casos Agualeguas, Aramberri, Cerralvo, Mina, Rayones, Sabinas Hidalgo y Villaldama, y con un delito de despojo en el año: Abasolo, Bravo, Iturbide, Lampazos, Marín, Terán, y Treviño.
¿En qué consiste el delito de despojo?
El delito de despojo consiste en la ocupación, apoderamiento o uso ilegítimo de un bien inmueble ajeno, ya sea una propiedad privada o pública, sin el consentimiento del propietario o poseedor legítimo. Este delito puede implicar la intención de desalojar, perturbar la posesión, o alterar los derechos de uso del inmueble de manera arbitraria.
Modalidades comunes del despojo:
1. Ingreso sin autorización: Ocupar un inmueble sin permiso del propietario o del poseedor legítimo.
2. Expulsión forzada: Desalojar a los ocupantes legales mediante amenazas, violencia, engaños o abuso de confianza.
3. Usurpación de derechos: Hacer uso de un inmueble alterando límites, falsificando documentos o simulando ser el propietario.
cog