¿Hay multas para los peatones por cruzar un semáforo en rojo en Puebla?

Los peatones tienen obligaciones al andar en la vía pública y de no respetar lo que establece el Reglamento de Tránsito pueden ser sancionados.

De acuerdo con el Reglamento de Tránsito de Puebla los peatones tienen prioridad en la vía pública, pero también tienen obligaciones / Agencia Enfoque
Puebla, Puebla /

Ser peatón en Puebla no es fácil, en muchas ocasiones es casi una pelea constante con los conductores de vehículos que pocas veces tienen consideración con las personas que caminan por las calles. Pero, así como hay sanciones para automovilistas, ¿hay sanciones para peatones? ¿Y qué pasa si un peatón cruza en rojo un semáforo peatonal?.

Cada 19 de agosto se conmemora el Día Mundial del Peatón, como una iniciativa de la Organización Mundial de la Salud para generar una mejor cultura vial, y así evitar muertes por accidentes de tránsito como atropellamientos.

Esta fecha incluye a todos, tanto a automovilistas como peatones, por lo que es importante que cada uno sepa comportarse para convivir mejor en la vía pública.

¿Qué dice el reglamento de tránsito sobre los peatones?

El Artículo 256 del Reglamento de Tránsito Municipal de Puebla establece en su ‘Sección II jerarquía de la movilidad’ que los peatones, en especial personas con discapacidad y personas de movilidad reducida, tienen la primera prioridad en la jerarquía en la vía pública.

Luego, en orden de jerarquía, siguen: los ciclistas o usuarios de micromovilidad, usuarios del servicio del transporte público, prestadores del servicio de transporte público, prestadores del servicio de transporte de carga y distribución de mercancías, y automovilistas particulares.

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  • Comunidad Redacción

La ‘Sección III peatones y personas con discapacidad’ del Artículo 258 dice que los peatones y personas con discapacidad tienen derecho de preferencia sobre el tránsito vehicular, por lo que los conductores deben hacer alto para cederles el paso y garantizar su integridad física, de conformidad con lo siguiente:

“I. En los pasos peatonales e intersecciones controladas por semáforos, cuando la luz verde les otorgue el paso; II. Cuando les corresponda el paso de acuerdo con el semáforo e iniciado el cruce, no alcancen a cruzar la vía, siendo obligación de los conductores detenerse hasta que lo hubieren hecho sin presionarlos o increparlos”.

¿Qué es lo que no debe hacer un peatón?

El Reglamento de Tránsito Municipal de Puebla establece que los peatones tienen que respetar ciertas reglas, y de no hacerlo podrían ser sancionados, esto de acuerdo con el Artículo 260 que dice que los peatones tendrán las siguientes obligaciones:

  1. Cruzar las vías en las esquinas o zonas marcadas para tal efecto
  2. Utilizar los puentes o pasos peatonales para cruzar la vía. No es obligatorio el uso del puente peatonal cuando las condiciones físicas de la persona se lo impidan, o habiendo cerca las líneas de paso peatonal se lleve a cabo el cruce por medio del paso peatonal y existan las condiciones de seguridad y accesibilidad para dicha acción;
  3. Cruzar únicamente después de haberse cerciorado que pueden hacerlo con toda seguridad
  4. Obedecer las indicaciones de los Policías Preventivos, promotores voluntarios de seguridad vial y las señales de tránsito
  5. Abstenerse de colocar obstáculos que impidan el tránsito peatonal, el desplazamiento o acceso de personas con discapacidad y obstáculos que impidan el estacionamiento de vehículos en la Vía Pública
  6. Abstenerse de cruzar Vías Primarias haciendo uso de audífonos, teléfonos celulares u otros objetos que les cause distracción
  7. No entorpecer, en cualquier forma, la marcha de columnas militares, escolares, cívicas, de servicios especiales o manifestaciones, o cruzar las filas de éstas.

Los peatones que no cumplan con las obligaciones serán amonestados verbalmente por los Policías Preventivos y orientados a respetar lo establecido en el reglamento para evitar accidentes.

AGA

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