El pasado jueves 10 de noviembre, el Gobierno de la Ciudad de México (CdMx) compartió un aviso en la Gaceta Oficial que especifica las características técnicas que debe cumplir un vehículo si este desea obtener la Constancia de Registro Vehicular.
Se trata de un documento que es fundamental para aquellas personas que desean brindar servicio de choferes de transporte de pasajeros privado en plataformas como Uber y Didi.
Estos requisitos lo que buscan es asegurar la integridad física de los usuarios de estas plataformas, así como mejorar las condiciones que se le ofrece a la ciudadanía por medio de los servicios de transporte público y privado.
Características que debe tener un Uber o Didi
En las especificaciones que deben cumplir está la obligación de contar con cinturones de seguridad de tres puntos, bolsas de aire, sistemas de retención infantil (sillas de coche especiales), control electrónico de estabilidad, reposacabezas en todos los asientos y frenos ABS.
Justo las medidas antes mencionadas fueron puestas por el gobierno de la metrópoli para reforzar la seguridad de los usuarios que a diario confían su vida en los servicios de transporte por aplicación.
Además, se consideró la accesibilidad dentro de esta normativa, pues se exige que los vehículos que brindarán este servicio dispongan de espacio suficiente en la cajuela para poder transportar sillas de ruedas, andaderas y otros dispositivos auxiliares destinados a personas con discapacidad.
Por otro lado, ante la crisis ambiental se estableció como parte de los requisitos el rendimiento mínimo de 15 kilómetros por litro para contar con una buena combustión y por tanto, emisiones adecuadas para el planeta. Igualmente, los límites máximos para las emisiones se colocaron en 155 gramos por kilómetro (g/km) de dióxido de carbono (CO2) y 167 g/1000 km de óxidos de nitrógeno (NOx).
También, tendrán que disponer de un sistema de mejora para la estabilidad direccional del vehículo, pues al tener la capacidad de controlar automática e individualmente los pares de frenado se evita el sobreviraje del automóvil.
Sin embargo, los automotores que no podrán incorporarse a la prestación del servicio son los tipo suburban, vagoneta, furgoneta, autobuses o motocicletas, sin olvidar que el vehículo automotor o camioneta ligera debe estar diseñada principalmente para el transporte de no más de 10 personas y que no exceda los 3 mil 875 kilogramos de peso bruto vehicular.
Cabe mencionar que los automóviles que presten el servicio de transporte de pasajeros privado especializado con chofer, deberán realizar una validación vehicular anual en la que se checarán que la documentación se encuentre en regla y se someterán a una inspección físico-mecánica.
Con estas acciones pretende mejorar la eficiencia operativa de estos transportes privados, ya que la responsabilidad social y ambiental debe ser garantizada para brindar servicios de calidad para los usuarios, los choferes y el entorno.
Los detalles completos de las características de esta regulación en el préstamo de servicio de transporte público privado se encuentran en el sitio de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, en ella encontrarás hasta diagramas de cada especificación y su información complementaria.
SCM