Si vives en la Ciudad de México y tienes un vehículo, estás en el momento preciso para poder hacer un apartado en el pago de tu tenencia. En TELEDIARIO te contamos todo sobre esta.
El impuesto sobre tenencia o uso de vehículos se paga de manera local, es decir, que cada estado de la República decide sus propias particularidades.
¿Quiénes deben pagar tenencia vehicular en 2023 en CdMx?
“Este beneficio aplicará para las personas físicas y morales sin fines de lucro, cuyo automóvil no exceda los 250 mil pesos, IVA incluido, y una vez aplicado el factor de depreciación” , indicó la Secretaría de Administración y Finanzas (SAF) de la Ciudad de México.
La dependencia aclaró que no se deberán contar con adeudos de Tenencia de años anteriores y que se requiere contar con Tarjeta de Circulación con chip vigente o realizar el pago correspondiente a la renovación.
¿Cuándo es la fecha límite para pagar la tenencia vehicular 2023 en CdMx?
La SAF recordó que el plazo para aprovechar el 100 por ciento de subsidio en Tenencia al pagar el refrendo 2023, que corresponde a la cantidad de 658 pesos, vence el próximo viernes 31 de marzo.
¿Dónde pagar la tenencia vehicular en CdMx?
El pago de los derechos e impuestos podrán realizarse con la promoción de meses sin intereses con tarjetas de crédito participantes, en los más de 8 mil 800 puntos de cobro que incluyen kioscos de la Tesorería, bancos, tiendas de conveniencia y tiendas departamentales.
También se puede efectuar a través de la aplicación móvil “Tesorería CDMX” o en la página web de la Secretaría de Administración y Finanzas.
Exenciones para pagar la tenencia vehicular 2023 en CdMx
La autoridad fiscal de la capital del país mantiene el beneficio fiscal de excepción de 100 por ciento del pago de la tenencia para aquellos que posean un auto, siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos:
- No tener adeudos de ejercicios anteriores.
- Cubrir antes del 31 de marzo el refrendo o derechos de control vehicular.
- Tener vigente la Tarjeta de Circulación con chip.
- Que el valor del vehículo reportado en la factura, incluyendo el IVA, no exceda de 250 mil pesos. A esto hay que agregar que se puede aplicar el valor de la depreciación.
CMOG