Aprueba Guanajuato Ley para proteger a animales domésticos

A Partir de ahora sólo se permitirá la crianza, comercialización o reproducción de perros y gatos en lugares autorizados

Aprueba Guanajuato Ley para proteger a animales domésticos
Nacional /

El Pleno del Congreso Local aprobó reformas a la Ley para la Protección Animal del Estado de Guanajuato para que los animales domésticos sean considerados seres sintientes y así establecer las medidas que deben tener los lugares donde los tienen en cautiverio. A Partir de ahora sólo se permitirá la crianza, comercialización o reproducción de  perros y gatos  en lugares autorizados.

Además, la  persona que intencionalmente realice actos de crueldad o maltrato en contra de algún animal doméstico se le impondrá una multa que va desde cincuenta hasta doscientas Unidades de Medida y Actualización (UMA) es decir desde 4 mil 481 pesos hasta 17 mil 924 pesos

La  ley  define a los seres sintientes como “Aquellos que son criados bajo el control del ser humano, que conviven con él y requieren de éste para su subsistencia, con excepción de los animales en vida silvestre o que se encuentren sujetos a las actividades pecuarias”

Con la aprobación del pleno del congreso se reforman los artículos 2 fracción I; 6 fracciones III; 19 y 31. Se adicionan el artículo 8 Bis; un segundo párrafo al artículo 35; un segundo párrafo a la fracción III y una fracción IV al artículo 72, todos de la Ley para la Protección Animal del Estado de Guanajuato.

A Partir de este momentos los ayuntamientos tendrán la obligación de Vigilar que la crianza, comercialización o reproducción de los animales domésticos se realice en lugares autorizados; Establecer medidas para la protección de los animales domésticos incluyendo las conductas prohibidas y sus respectivas sanciones.

En cuanto a los dueños de las mascotas, ahora estarán obligados a; Reconocer a los animales domésticos como seres sintientes y respetar su vida e integridad física; Proteger a los animales brindándoles asistencia, auxilio y trato adecuado; Evitar a los animales el sufrimiento, lesiones, tortura, actos de crueldad o maltrato

  • Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de TELEDIARIO; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
LAS MÁS VISTAS