IMSS indemnizará con 50 mil pesos a familias de los 16 pecientes que murieron tras inundación en hospital de Tula, Hidalgo 

El IMSS acordó medidas emergentes de apoyo a las familias de las 16 personas que murieron en el Hospital General No.5 en Tula.

IMSS indemnizará con 50 mil pesos a familias de los 16 pecientes que murieron tras inundación en hospital de Tula, Hidalgo 
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CIUDAD DE MÉXICO. – El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) acordó medidas emergentes de apoyo, las cuales consisten en indemnizar con 50 mil 897.80 pesos a los beneficiarios de las 16 personas que murieron la noche del 6 y la madrugada del 7 de septiembre, en el Hospital General de Zona con Unidad de Medicina Familiar No.5, en Tula, Hidalgo. 

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En sesión extraordinaria celebrada el 16 de septiembre de 2021, el Consejo Técnico del IMSS autorizó se dispusiera de fondos como apoyo a los beneficiarios de las 16 personas fallecidas en el hospital afectado por los fenómenos meteorológicos que derivaron en el desbordamiento del río Tula.

El IMSS otorgará a cada uno de los beneficiarios, por única ocasión, un apoyo de 40 mil pesos por concepto de subsistencia.

Además, el Instituto otorgará a los beneficiarios o a quienes acrediten haber realizado pagos por concepto de gastos funerarios generados por la persona fallecida en el suceso, un monto de 10 mil 897.80 pesos, misma que será entregada previa presentación de los comprobantes de pago de dichos gastos o, en su defecto, mediante la firma del formato denominado: "Otorgamiento de Ayuda para Gastos de Funeral", el cual se suscribe como comprobante de pago.

El IMSS también entregará por única ocasión un apoyo por concepto de pasajes a los beneficiarios que sean referidos a las unidades de atención médica que se encuentren disponibles y que posean los servicios médicos que requiera el beneficiario, el cual será equivalente a un mes de salario mínimo general vigente.

También se entregará por única ocasión a los beneficiarios trasladados, un apoyo para cubrir su alimentación y alojamiento, en un lugar diferente al que resida, equivalente a un mes de salario mínimo general vigente.

Cabe destacar que dicha indemnización será entregada únicamente al: cónyuge o concubina de la persona fallecida e hijos reconocidos por la persona fallecida.

Documentos para recibir la indemnización

Los beneficiarios de las 16 personas fallecidas deberán proporcionar los siguientes documentos para acreditar su parentesco y ser acreedores a dichos beneficios:

  1. Copia certificada del acta de nacimiento del cónyuge o concubina.
  2. Copia certificada del acta de nacimiento de la Persona Fallecida (excepto para pensionados).
  3. Copia certificada del acta de matrimonio (en su caso).
  4. Copia certificada del acta de nacimiento de los hijos reconocidos por la Persona Fallecida.
  5. Copia certificada del acta de defunción de la Persona Fallecida.
  6. Copia de comprobante de domicilio.
  7. Identificación oficial con fotografía del Beneficiario (copia y original para cotejo).
  8. Documento expedido por alguna institución bancaria a su nombre o de quien ejerza la guarda y custodia, en el caso de Beneficiarios menores de edad, que contenga cuenta CLABE.
  9. Cualquier otro que sea solicitado por el Enlace Institucional.

 

PGG 

 

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