Un Tribunal Federal puso punto final a las pretensiones de la Fiscalía General de la República (FGR), la cual intentó que se procesara por presuntos delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita a tres académicos y científicos del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt).
El Segundo Tribunal Colegiado de Apelación del Segundo Circuito ratificó el sobreseimiento dictado el 13 de enero de este año por Gregorio Salazar Hernández, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal adscrito al municipio de Almoloya de Juárez, Estado de México.
Funcionarios judiciales revelaron que la sesión se realizó el pasado 11 de mayo, donde se confirmó que no existen delitos que perseguir contra José de Jesús Franco López, Julia Tagüeña Parga y Gabriela Dutrénit Bielous, en la causa penal 299/2021.
Explicaron que, en dicho sobreseimiento, el juez de control señaló que todos los hechos investigados en la carpeta FED/FEMDO/UEIORPIFAM-CDMX/0000222/2021 no son constitutivos de delito.
Es de mencionar, que en esa carpeta eran investigados los académicos a quienes la FGR pretendió imputar los delitos de peculado, operaciones con recursos de procedencia ilícita, uso ilícito de atribuciones y facultades, y delincuencia organizada.
Lo anterior, en virtud de una denuncia presentada por el Conacyt, con relación a los fondos destinados al Foro Consultivo Científico y Tecnológico, A.C., asociación que sirvió como órgano asesor del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología hasta su disolución en 2020.
En contra del sobreseimiento, el Ministerio Público Federal interpuso recurso de apelación. Consultados por MILENIO los defensores de los científicos, los abogados Jesús Moreno y Alberto del Río, afirmaron que el Tribunal Colegiado de Apelación confirmó la resolución de sobreseimiento apelada, y la tuvo por fundada y motivada, y ordenó archivar el asunto como totalmente concluido.
Cabe recordar que, en septiembre de 2021, el juez de control ya había rechazado girar 31 órdenes de aprehensión contra académicos y científicos.
En aquella ocasión, Gregorio Salazar negó los mandamientos judiciales porque no se configuraban los delitos con los cuales pretendían responsabilizarlos.
Según la investigación de la FGR, los académicos y científicos recibieron 244 millones de pesos que fueron destinados al Foro Consultivo, Científico y Tecnológico (FCCyT), en el sexenio pasado, particularmente, de 2013 a junio de 2019.
“…de inicio debe decirse que los recursos solicitados por la asociación civil fueron asignados al Conacyt de dos programas de apoyo denominados FOINS (Fondo Institucional del Conacyt) y Programa F002 (Programa Presupuestario de Apoyos para Actividades Científicas, Tecnológicas y de Innovación), los cuales estaban destinados exclusivamente a aquellos proyectos de investigación científica y tecnológica, desarrollo tecnológico e innovación, formación de capital humano especializado, creación, fortalecimiento de infraestructura científica y tecnológica, planeación difusión y divulgación, así como las que deriven del Programa Especial de Ciencia y Tecnología y de la Ley de Ciencia y Tecnología, que evidentemente NO eran coincidentes con el objeto social para el cual se constituyó la moral Foro Consultivo, Científico y Tecnológico, que en esencia fue la de ser el órgano consultivo del Poder Ejecutivo que auxilia al director y a la junta de gobierno del CONACyT”, detalla la imputación.
La FGR alegó que el destino de los recursos fue para gastos personales, Infonavit, sueldos y asimilados a salarios, artículos de construcción, aguinaldos, vacaciones, impuestos de 3 % a la nómina, IMSS y SAR, vacaciones, estacionamiento, energía eléctrica y celulares, entre otros.
El año pasado, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal otorgó un amparo que abrió la puerta para poner fin a estes caso de los académicos, científicos y ex funcionarios del Conacyt
Por unanimidad, los magistrados otorgaron un amparo a la investigadora Patricia Zúñiga Mendoza, sentencia que ordena a la FGR determinar el no ejercicio de la acción penal en su contra y archivar el asunto de manera definitiva, por no existir delito que perseguir.
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