Así ocurrió el atropellamiento en el TSM tras Santos vs Rayados: revelan línea del tiempo

El fiscal dio a conocer que cuentan con más de 20 datos que indican que hubo intención e informó que presuntamente antes de la tragedia existió una discusión entre aficiones.

Atropello aficionados de Rayados: Línea del tiempo y cómo ocurrió | Especial
Torreón, Coahuila /

Fue a través de videos de las cámaras de videovigilancia alrededor del estadio del Club Santos, lo que ayudó para determinar cómo ocurrió el fatal accidente que terminó con la vida de Maribel Mercado Gallegos, las lesiones de otras personas y los daños para un taxi, así como infraestructura del TSM.

La Fiscalía General del Estado de Coahuila dio a conocer el peritaje del hecho y la razón del porqué acusan a Jennifer 'N', de homicidio doloso calificado con alevosía y ventaja, lesiones leves extendidas graves y gravísimas que ponen en riesgo la vida humana, así como daños dolosos en contra del Club Santos.

De acuerdo a las indagaciones, la FGE determinó que Cesar 'N' conducía la camioneta tipo pick up, con las placas del estado de Texas, Estados Unidos, cuando detuvo su marcha entre los carriles de la antigua carretera a San Pedro, para iniciar una discusión con varios aficionados del Club Rayados de Monterrey.

En la camioneta viajaban más personas. Entre ellas, Jennifer 'N'. De acuerdo al fiscal, fue ella quien se cambió de lugar para seguir la marcha de la unidad y después impactar con un taxi que se encontraba en el sitio y posteriormente arrollar a los aficionados en contra de la puerta de acceso número 7.

Por ahora únicamente Jennifer y Cesar permanecen detenidos por el hecho, y aunque únicamente es la mujer quien llevó el proceso de imputación, las autoridades del Ministerio Público continuarán con las investigaciones correspondientes.

Las familias de los lesionados ya tienen conocimiento del proceso legal y las acusaciones hacia la presunta responsable, sin embargo no se han pronunciado.

¿Qué pruebas hay contra la presunta responsable de Tragedia en TSM?

El fiscal aseguró que con base en el número de diligencias les permite decir hasta el momento que ella es la probable responsable de estos hechos, por lo que fue trasladada al Cereso femenil de San Pedro, Coahuila.

“Tenemos la confianza que será vinculada a proceso con base en los datos de prueba que hasta el momento tenemos”.

Respecto a que al principio las autoridades comentaron que el hecho habría sido un accidente vial y después aseguraron que fue un acto con dolo, Gerardo Márquez aseguró: 

“Son los actos de litigación que se van desahogando los que van permitiendo saber cómo ocurrieron los hechos, en un principio yo comenté que había una serie de factores que pudieran interferir en la forma de conducta de la imputada (…) debo decirles que este tema de la intervención de la forma dolosa también será un tema que tendrá que resolverse, pero hasta el momento tenemos 20-25 datos que nos indica que hubo una intención en estos hechos”.

¿Cuál es la pena por homicidio en Coahuila?

Según el Código Penal del estado de Coahuila, las sanciones para el homicidio calificado, según el artículo 336, se aplicará prisión de dieciocho a cincuenta años y multa, si sólo se le condena hasta por tres circunstancias calificativas; pero si se le condena por más circunstancias calificativas, la pena máxima de prisión será de sesenta años y multa.

El homicidio doloso será calificado cuando se cometa con una o más de las circunstancias siguientes:

Ventaja: existe ventaja en cualquiera de los supuestos siguientes:

  • Cuando el agente sea notoriamente superior en fuerza física a la víctima, o por el arma que aquél emplea, y la víctima no esté armada ni con otro instrumento o medio adecuado para lesionar, y tampoco los tenga a su alcance para tomarlos sin dificultad.
  • Cuando respecto a la víctima el agente sea superior por el número de los que intervengan con él con acciones lesivas contra la víctima.
  • Cuando el agente emplee un arma contra la víctima y ésta se halle en una situación que le impida o dificulte evitar la acción ofensiva.
  • Cuando el agente ejerza violencia psicoemocional contra la víctima, de tal modo, que mediante aquélla le imposibilite o dificulte considerablemente su defensa

Con alevosía: existe alevosía cuando el agente comete el homicidio al sorprender intencionalmente de improviso a la víctima, impidiendo su defensa, o empleando intencionalmente acechanza que no le dé posibilidad de defenderse.

Sgg.

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