La intérprete de regional mexicano, Camila Fernández, fue una de las primeras personas en pisar el ring previo a la esperada pelea que protagonizaron Saúl ‘Canelo’ Álvarez y el puertorriqueño, Edgar Berlanga.
La nieta de Vicente Fernández inundó el Mobile Arena de Las Vegas, Nevada con las estrofas del Himno Nacional Mexicano; sin embargo, los nervios la traicionaron y cometió una insólita equivocación por la cual tendrá que pagar varios miles de pesos.
El momento de la equivocación causó gran sorpresa entre los asistentes y quienes siguieron la transmisión la noche del sábado 14 de septiembre, sobre todo porque era la primera vez que el ocurría un incidente como este a la hija de Alejandro Fernández.
La situación se viralizó en segundos, ya que ocasionó críticas y señalamientos instantes previos a que ‘Canelo’ subiera al ring para triunfar contra Berlanga, cuando en lugar de entonar “profanar con su planta tu suelo”, cantó “profanar con tu planta tu tierra”.
Ante la mirada orgullosa del boxeador, quien siguió concentrado la voz de Camila, la joven terminó su presentación para dar inicio a la pelea.
Cuál es la multa por equivocarse al entonar el Himno Nacional
El error de Camila Fernández, además de provocar extrañeza, también generó dudas sobre sí la interprete tendría alguna sanción por el error.
Los organizadores de espectáculos, teatro, cine, radio o televisión deben acudir a la Secretaría de Gobernación (Segob) y a la Secretaría de Cultura para poder obtener una autorización de uso del Himno Nacional Mexicano.
Lo anterior bajo la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales en los Artículos 55, 56 y 57 sobre las competencias, infracciones y sanciones.
De acuerdo con el Artículo 56 fracción VIII: “alterar la letra o música del Himno Nacional que establecen los artículos 57 y 58 de esta Ley, y ejecutarlo total o parcialmente en composiciones o arreglos, en contravención de lo previsto en el artículo 39 del presente ordenamiento”.
La Ley explica que la infracción será impuesta de acuerdo a la gravedad del error, este va desde una amonestación o infracción, hasta una multa de 10 mil veces el salario mínimo, que en 2024 es de 248.93 pesos, lo que representaría un pago al erario de hasta 2 millones y medio de pesos.
Por otra parte, el artículo 57 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional, señala que hay casos en los que también se puede aplicar un arresto de hasta 36 horas, mismo que ocurre cuando se trata de una alteración con fines de lucro.
KGA