¿Qué sanciones hay? Esto dice el decreto de AMLO contra vapeadores

El decreto establece que no se podrá, vender, comprar ni poner en circulación en el interior de la República, sin importar su procedencia.

Vapeadores y cigarros electrónicos. / Cortesía
Ciudad de México /

El gobierno federal publicó ayer el decreto para prohibir la comercialización y circulación de vapeadores y cigarro electrónicos en México, luego de que el presidente Andrés Manuel López Obrador y la Secretaría de Salud advirtieran sobre los riesgos de consumir este tipo de productos, pero ¿qué establece exactamente este mandato? 

El decreto establece que no se podrá, vender, comprar ni poner en circulación en el interior de la República, sin importar su procedencia, sistemas electrónicos de administración de nicotina, sistemas similares sin nicotina, alternativos de consumo de nicotina, cigarrillos electrónicos y dispositivos vaporizadores con usos similares, así como las soluciones y mezclas utilizadas para estos. 

El documento se basa en el artículo 4 constitucional, que reconoce el derecho de toda persona a la protección de la salud y a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, así como en el interés superior de la niñez; para prohibir este tipo de productos. 




La Federación recodó que el Congreso de la Unión ya había aprobado la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, que prohíbe la importación y exportación de cigarrillos electrónicos y dispositivos personales de vaporización eléctricos similares; sin embargo, “las acciones implementadas por el gobierno han resultado insuficientes en virtud de que (…) actualmente circulan libremente estas mercancías”. 

“(Este tipo de productos productos) no son inofensivos ni se traducen en un menor riesgo para la salud humana en comparación con los productos de tabaco combustibles a los que pretenden sustituir; por lo contrario, algunas toxinas están presentes a niveles más altos en los aerosoles de los Productos de Tabaco Calentado (PTC) que en el humo del cigarro combustible”, advirtieron. 

¿Qué es lo que prohibe el decreto? 

Se prohíbe la circulación y comercialización en el interior de la República, cualquiera que sea su procedencia, de los sistemas electrónicos de administración de nicotina, sistemas similares sin Nicotina, alternativos de consumo de nicotina, cigarrillos electrónicos y dispositivos vaporizadores con usos similares, así como las soluciones y mezclas utilizadas en estos. 

¿Qué sanciones hay? 

De acuerdo con el decreto, quien incumpla con lo señalado, se le aplicarán las sanciones que señalen las disposiciones jurídicas aplicables. “La prohibición resulta idónea, toda vez que los estudios señalados en los considerandos anteriores refieren que los PTC contienen sustancias tóxicas semejantes a las del cigarrillo combustible y, además, sustancias tóxicas propias, diferentes de aquel, por lo cual es evidente que el consumo de dichos productos afecta a la salud”, concluyeron. 


Rja

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