SCJN ordena libertad a tabasqueños del documental "Duda Razonable"

El presidente de la Corte, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, señaló que la defensa de los jóvenes planteó una hipótesis de inocencia coherente y sólida, la cual fue consistentemente sostenida y corroborada con medios de prueba.

Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. | Archivo
Ciudad de México /

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó un amparo liso y llano, y ordenó la inmediata libertad de Héctor Muñoz, Juan Luis López García y Gonzalo García Hernández, quienes fueron detenidos en 2015 por secuestro en Macuspana, Tabasco, y sentenciados a 50 años de prisión.

El asunto fue expuesto en el documental de Netflix “Duda Razonable”, donde se dio conocer el caso y la sentencia por secuestro de cuatro personas en Tabasco, una de las cuales (Darwin Morales) recobró su libertad porque su defensa demostró que se encontraba en otro lugar.

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Por unanimidad, el Pleno de la Corte avaló el proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien señaló que en este asunto existen múltiples violaciones al debido proceso y porque el tribunal de justicia oral no tuvo frente así evidencia que corroborara de manera robusta y suficiente el delito.

El presidente de la Corte, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, señaló que la defensa de los jóvenes planteó una hipótesis de inocencia coherente y sólida, la cual fue consistentemente sostenida y corroborada con medios de prueba.

“Por eso me parece que se tiene que otorgar el amparo liso y llano a los quejosos porque son inocentes desde mi punto de vista, no es suficiente invalidar la sanción y que puedan salir en libertad con una pena infamante de por vida por un delito que el Estado no acreditó que hubieran cometido.


“Me parece que en casos como éste, en que no solamente queda claro que no se pudo cometer el delito sino es evidente la intención arbitraria de las autoridades de fabricar culpables y de hacerles pagar por un delito que es evidente que no cometieron que este tribunal no se puede conformar con invalidar la pena y que estos tres jóvenes salgan con un sello con una marca que de por sí ya va a ser difícil que se quiten por el tiempo que han pasado prisión, con una marca de culpabilidad cuando no hay una sola prueba de la cual se pueda desprender que son responsables de este supuesto delito”, expresó.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa dijo que en este asunto se aprecia que la jueza responsable no tomó en cuenta los razonamientos defensivos de los imputados, en el sentido de que la acusación partía de la fabricación del delito de secuestro.

La ministra propuso dar vista a las autoridades competentes para que se abran las indagatorias y carpetas de investigación correspondientes, tanto administrativas como penales, contra los responsables de llevar a los tres jóvenes a prisión sin existir alguna prueba, y que se proceda contra ellos.


El proyecto aprobado menciona que los elementos de prueba son suficientes para revocar la sentencia porque la fiscalía no satisfizo la carga de la prueba que se obligó a soportar cuando decidió impulsar un proceso penal contra los tres quejosos.

“Y, por esa razón, durante el juicio, la fiscalía tuvo enorme dificultad para presentar evidencia tangible dirigida a corroborar el dicho de la presunta víctima. Su teoría del caso se vio afectada por un descuido generalizado en la investigación del presunto secuestro. Y, en ese sentido, el tribunal de juicio oral debió reconocer lo que ahora ve este Pleno: estamos ante un cúmulo de omisiones que demuestran un descuido invalidante, que en suma deslegitima toda su actividad probatoria”, detalla el proyecto de aprobado.


jvl

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