'Vacaciones dignas': ¿cuándo entra en vigor la reforma?

La reforma de vacaciones dignas fue aprobada y ahora los empleados pueden disponer de 12 días de vacaciones desde su primer año trabajado.

Los 12 días de vacaciones podrán ser tomados corridos / Pixabay.
Ciudad de México. /

La Cámara de Senadores aprobó las reformas a los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, los cuales ampliarán el periodo vacacional que pueden tender los trabajadores desde los primeros 12 meses de empleo.

Sin embargo, estas nuevas reformas pueden generar confusión entre los trabajadores, por lo que aquí en TELEDIARIO te explicamos desde cuándo entrará en vigor las reformas de vacaciones dignas.

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¿Cuándo entran en vigor las vacaciones dignas?

De acuerdo con los artículos transitorios del decreto de vacaciones dignas, la reforma entrará en vigor desde el día 1 de enero de 2023, fecha desde que los trabajadores podrán disponer de sus días extras de vacaciones.

Este periodo vacacional aplicará, desde el primer día del 2023, en todos los contratos, ya sean nuevos, individuales o colectivos, cualquiera que sea su forma o denominación, siempre y cuando resulten favorables a los derechos de los trabajadores.

¿Cuántos días de vacaciones tengo por año con la reforma?

Luego de que fue aceptada la reforma de vacaciones dignas, los empleados podrán disponer de 12 días de vacaciones desde su primer año de trabajo, los cuales irán aumentando progresivamente.

  • Un año de trabajo: 12 días de vacaciones
  • Dos años de trabajo: 14 días de vacaciones
  • Tres años de trabajo: 16 días de vacaciones
  • Cuatro años de trabajo: 18 días de vacaciones
  • Cinco años de trabajo: 20 días de vacaciones
  • De seis a 10 años de trabajo: 22 días de vacaciones
  • De 11 a 15 años de trabajo: 24 días de vacaciones.

¿Las vacaciones pueden tomarse de corrido?

La respuesta es sí. Pese a que en un principio se rechazó que los 12 días se pudieran tomar de corrido, la Cámara de Diputados y, posteriormente, la de Senadores aceptaron que el periodo vacacional puede ser tomado como los empleados y patrones lo acuerden.

“Las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a veinte, por cada año subsecuente de servicios”, dijeron en la Cámara de Diputados.

KT

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