La Semana Santa trajo consigo las vacaciones para millones de alumnos de educación media, media superior y superior; pero estos días de descanso no siempre los disfrutan los trabajadores quienes tienen que acudir a sus centros laborales hasta en días festivos.
Es aquí donde surge la duda si este jueves 28 e incluso el viernes 29 de marzo son considerados festivos por la Ley Federal del Trabajo. Aquí te contamos los detalles.
El calendario de la Secretaría de Educación Pública (SEP) contempla para este periodo vacacional dos semanas de descanso. Las vacaciones de Semana Santa iniciaron desde el pasado 25 de marzo y regresan a las escuelas el 8 de abril.
Algunas otras escuelas públicas y privadas de educación media y superior solo otorgan una semana de asueto para los estudiantes, por lo que deberán volver a las aulas el próximo lunes 1 de abril.
Por más duro que suene, antes de planear un fin de semana largo debes cerciorarte si la empresa en la que trabajas otorga este día como descanso a los colaboradores, de lo contrario, podrías incurrir en una falta laboral y hasta sanciones económicas.
¿El Jueves Santo es un día feriado obligatorio?
Según el Artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), los días santos como el jueves y viernes no son oficiales de descanso, por lo que las empresas no están obligadas a suspender sus actividades ni a ofrecer un pago extra a los empleados que asistan a sus labores estos días.
Otros días festivos no oficiales en México son el 10 de mayo, Día de las Madres; 2 de noviembre, Día de Muertos; y el 12 de diciembre, Día de la Virgen de Guadalupe.
Pese a esto, muchas empresas, instituciones públicas, bancos y escuelas suspenden sus actividades para que los trabajadores puedan disfrutar de los días de asueto con sus familias.
Para que no te pase esto, podrías pedir días a cuenta de vacaciones, tiempo por tiempo o días sin goce de sueldo para que puedas irte cómodamente a disfrutar de estos días tan esperados, donde se junta además con las vacaciones de los estudiantes.
Días inhábiles que marca la Ley Federal del Trabajo
- Domingo 1 de enero: Año nuevo.
- Lunes 6 de febrero: El Día de la Constitución Mexicana.
- Lunes 20 de marzo: Natalicio de Benito Juárez.
- Lunes 1 de mayo: Día internacional del trabajo.
- Sábado 16 de septiembre: Día de la independencia de México.
- Lunes 20 de noviembre: Aniversario de la Revolución Mexicana.
- Lunes 25 de diciembre: Navidad.
KGA