Aunque ya pasó Navidad, los pensionados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) aún tienen pendiente su segundo pago de su aguinaldo, por lo que aquí te decimos la fecha en que se realizará este depósito.
La pensión del ISSSTE se da a quienes cumplan una serie de requisitos, entre ellos haber cotizado al instituto por al menos 25 años y cumplir con la edad necesaria para la jubilación.
Los beneficiarios recibieron una parte de su aguinaldo en la primera quincena de noviembre, pues ellos reciben dos pagos, los cuales suman un total de 40 días de pensión. A continuación, te mostramos en qué día se depositará lo que resta.
¿Qué día depositan el aguinaldo para pensionados del ISSSTE en 2025?
Si eres pensionado o tienes algún familiar que lo sea, debes saber que la segunda parte del aguinaldo se pagará desde el jueves 2 de enero de 2025, ya que el 1 de enero es un día inhábil en los bancos.
Sin embargo, no se ha confirmado una fecha exacta para el depósito de este beneficio, aunque se espera que éste sea abonado junto con el monto correspondiente a la pensión mensual de enero.
¿Cuánto recibirán de aguinaldo los pensionados del ISSSTE en enero?
Los pensionados del ISSSTE recibirán como aguinaldo un monto equivalente a 20 días de su pensión, el cual se dividió en dos partes, pues la primera se pagó en noviembre y la segunda será en enero.
El hecho de que el aguinaldo fuera entregado de esta manera resulta positivo para los beneficiarios, ya que puede ser más fácil de manejar en comparación con un único pago.
¿Cuáles son los requisitos para recibir la pensión del ISSSTE?
En caso de estar interesado en obtener la pensión del ISSSTE, es importante que tomes en cuenta que debes cumplir una serie de requisitos.
- Haber cumplido con el tiempo de cotización: Según el régimen al que pertenezcas (Décimo Transitorio o Cuentas Individuales), debes cumplir con los años de servicio requeridos.
- Edad de jubilación: En el régimen de Cuentas Individuales, la edad mínima es 60 años (pensión por retiro por edad o cesantía en edad avanzada), mientras que en el régimen del Décimo Transitorio varía dependiendo de los años cotizados.
Documentos
- Identificación oficial vigente (INE, pasaporte)
- CURP
- Comprobante de domicilio reciente (no mayor a tres meses)
- Número de seguridad social o credencial de pensionista del ISSSTE
- Resolución de pensión emitida por el ISSSTE
- Estado de cuenta bancario con CLABE interbancaria
mvls