Vuelve Ley eléctrica de AMLO a la SCJN; buscarán resolver 2 amparos

Ministros determinaron reasumir su competencia en este asunto con el análisis de dos amparos promovidos por empresas del sector eléctrico.

Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. | Archivo
Ciudad de México /

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) volverá a discutir las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica impulsada por el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador, con las cuales, entre otros puntos, se favorece a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre el sector privado.

En sesión privada, cuatro de los cinco ministros que integran la Segunda Sala del máximo tribunal del país determinaron reasumir su competencia en este asunto con el análisis de dos amparos promovidos por empresas del sector eléctrico.


Los ministros Alberto Pérez Dayán y Javier Laynez Potisek, así como las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf, se pronunciaron a favor de volver a estudiar este asunto; mientras que el ministro Luis María Aguilar votó en contra.

"En sesión privada celebrada el 25 de enero de 2023, por mayoría de cuatro votos de los integrantes de esta sala, determinaron reasumir su competencia originaria para conocer del recurso de revisión", expone el acuerdo publicado este viernes por la SCJN.

Dichos amparos corresponden impugnaciones interpuestas por el Congreso de la Unión y el Poder Ejecutivo contra sentencias de jueces federales especializados que han declararon inconstitucionales algunos de los principales aspectos de la reforma de 2021 como el despacho preferente para la energía generada por plantas de la CFE o de productores privados que trabajan exclusivamente para CFE, entre otros.


En esto consiste la Ley eléctrica de AMLO


En ella se contempla la modificación a los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución, así como agregar una serie de artículos transitorios estos.


El cambio en el artículo 25 propone que el sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva, “las tareas estratégicas que se señalan en el artículo 28 y que no constituirán monopolio las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva”.

Recibos de CFE. | Especial


Esto incluye a Correos de México, Telégrafos, Radiotelegrafías, metales radioactivos, litio y demás minerales estratégicos; así como la generación de energía nuclear, electricidad, y la exploración y extracción del petróleo.


Estado, responsable de autosuficiencia


Al convertirse en un organismo del Estado, la CFE deberá preservar la seguridad de autosuficiencia energética de la nación y el abastecimiento continuo de energía eléctrica a toda la población, como condición indispensable para garantizar la seguridad nacional y el derecho humano a la vida digna. La electricidad, al ser considerada como suministro básico, tema de seguridad nacional y derecho humano, tendrá prioridad para su producción.

Para garantizar el despacho de la electricidad (cuando se produce electricidad y ésta se sube a la Red de Transmisión para que todas las líneas lleguen a las casas y negocios), éste será en orden de mérito de costos de producción.

El Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) estaba encargado de distribuir la electricidad a todo el país, y ahora se reincorporará a la CFE, sin poner en riesgo la luz de los 46.2 millones de usuarios energía.

Dentro de los artículos transitorios se señala que las funciones de los órganos reguladores, como la Comisión Reguladora de Energía y la Comisión Nacional de Hidrocarburos pasarán a ser parte de la Secretaría de Energía para garantizar una planeación adecuada en el balance energético y eliminar el exceso de burocracia.



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