Catean despacho de abogados en zona Obispado en Monterrey

El inmueble cateado era un despacho de abogados a nombre de Héctor Mateos.

El cateo se dio en el cruce de 4ta avenida y 5 de mayo | Victor González
Monterrey, Nuevo León /

Elementos de la Agencia Estatal de Investigaciones catearon un inmueble propiedad de un despacho de abogados a nombre de Héctor Mateos, quien en días recientes participó en ruedas de prensa donde acusó de presunto torturador a un candidato a la alcaldía de Monterrey.

Desde las 10:00 horas de este viernes, una decena de vehículos oficiales de la Fiscalía General de Justicia arribó al cruce de 4ta. Avenida y 5 de Mayo, en el sector del Obispado, donde ingresaron al despacho para realizar una diligencia.

De acuerdo a Héctor Mateos, la medida tomada por el organismo es una represalia en su contra por exponer el caso de Daniel Abdon Torres, un ex agente ministerial quien confesó fue presunta víctima de tortura y desaparición forzada cuando el candidato a la alcaldía de Monterrey era Procurador de Justicia en el 2011.

Al denunciar que sujetos armados irrumpieron las oficinas del despacho, más de 20 unidades de Fuerza Civil arribaron al lugar para ser testigos de la diligencia.

Qué se necesita para realizar un cateo

Para realizar un cateo (también conocido como allanamiento) en el ámbito legal, se deben cumplir varios requisitos y procedimientos específicos para asegurar que la acción sea legítima y respetuosa de los derechos individuales. A continuación, se describen los principales requisitos y pasos necesarios:

Orden Judicial:

  • Es fundamental contar con una orden de cateo emitida por un juez competente. Esta orden debe estar basada en una causa probable, es decir, debe haber evidencia o motivos razonables para creer que se cometerá, se está cometiendo o se ha cometido un delito, y que en el lugar que se pretende catear se encuentran pruebas relacionadas con dicho delito.

Solicitud de la Orden:

  • Un fiscal o agente del Ministerio Público debe presentar una solicitud formal ante el juez, detallando los motivos del cateo, el lugar a registrar y los objetos o personas que se buscan.

Contenido de la Orden de Cateo:

  • La orden debe especificar claramente el lugar a catear (dirección exacta), el objeto de la búsqueda (evidencia específica), la duración del cateo y las personas autorizadas para llevarlo a cabo.

Participación de Autoridades Competentes:

  • El cateo debe ser realizado por autoridades policiales o agentes judiciales que estén debidamente identificados y autorizados por la orden judicial.

Respeto a los Derechos Humanos:

  • Durante el cateo, las autoridades deben respetar los derechos humanos y las garantías individuales de las personas presentes, evitando el uso excesivo de la fuerza y actuando de manera profesional y respetuosa.

Presencia de Testigos:

  • Generalmente, se requiere la presencia de testigos, que pueden ser vecinos u otras personas ajenas a la autoridad, para dar fe de la legalidad del procedimiento y de lo encontrado durante el cateo.

Levantamiento de un Acta:

  • Al finalizar el cateo, se debe levantar un acta detallada que incluya los objetos incautados, la descripción de los hechos ocurridos durante el procedimiento y las firmas de las autoridades y testigos presentes.

Notificación a los Propietarios o Residentes:

  • En muchos casos, los propietarios o residentes del lugar cateado deben ser notificados del procedimiento y de sus derechos durante el mismo.
  • Estos pasos están diseñados para asegurar que el cateo se realice dentro del marco de la ley y para proteger los derechos de los ciudadanos, evitando abusos de autoridad y asegurando que la evidencia obtenida sea admisible en un proceso judicial.

bimc

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