Joven motociclista fue arrollado intencionalmente por su ex cuñado por presuntos problemas familiares

El joven de 21 años terminó con graves lesiones tras el accidente ocurrido en Valle de Chapala.

El presunto responsable, Giovanni de 23 años de edad, huyó del lugar.
Gómez Palacio, Durango /

Un joven motociclista viajaba en compañía de su primo se debate entre la vida y la muerte, luego de que su ex cuñado con quien tiene problemas familiares, los impactó a gran velocidad para luego darse a la fuga con rumbo desconocido.

Mario Angel López Betancourt de 21 años de edad, recibió atención por Paramédicos de Cruz Roja, quienes lo ingresaron a la clínica 51 del Instituto Mexicano del Seguro Social ya que resultó con traumatismo de cráneo severo y policontundido.


El choque que fue de manera intencional según versión de Rogelio de 20 años de edad primo del afectado, se registró el lunes a las 18:15 horas cuando circulaban por bulevar Sánchez Madariaga de la colonia Valle Chapala.

A la altura de la tienda de autoservicio que se ubica en el sector fueron arrollados por el vehículo de marca Volkswagen, línea Pointer, color blanco, con placas del estado de Coahuila, tripulado presuntamente por Giovanni de 23 años de edad, quien aceleró y huyó del lugar.

Del percance tomó conocimiento personal de Vialidad y de la Vicefiscalía de la Región Laguna, quienes ya integran la Carpeta de Investigación contra el presunto responsable plenamente identificado por los afectados.

¿Cuál es la pena por lesiones?

El Código Penal establece las siguientes sanciones a quien con dolo afecte la salud a otra persona:

  • Delito lesiones leves: Se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y multa, cuando la o las lesiones tarden en sanar más de quince días y menos de sesenta, y no pongan en peligro la vida.
  • Lesiones gravísimas que ponen en peligro la vida: Se le impondrán de tres a ocho años de prisión y multa, cuando la o las lesiones inferidas coloquen a la víctima en peligro concreto de morir.
  • Lesiones gravísimas por pérdida de funciones, miembros u órganos: De cuatro a nueve años de prisión y multa, si la o las lesiones producen la pérdida de cualquier función de alguna facultad, miembro u órgano, cuyas funciones no sean sustituidas por otro.
  • Lesiones gravísimas por parálisis, enfermedad incurable o deformidad grave: Se le impondrá de cinco a doce años de prisión y multa, cuando las lesiones ocasionen parálisis permanente de ambas piernas, o de uno o los dos brazos o manos, o causen paraplejia permanente de por lo menos una tercera parte del cuerpo, u originen una enfermedad incurable, o cuando las lesiones dejen alguna deformidad.

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