Detienen a 2 presuntos extorsionadores de La Unión Tepito; operaban en alcaldía Cuauhtémoc

Autoridades capitalinas les decomisaron drogas, dinero en efectivo y nueve cartuchos de uso oficial del Ejército; uno de ellos tenía una orden de aprehensión por homicidio.

Detienen a dos presuntos integrantes de la Unión Tepito / Secretaría de Seguridad Ciudadana.
Ciudad de México /

Policías de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México detuvieron, en calles de la colonia Centro, a dos presuntos integrantes de La Unión Tepito, relacionados con extorsiones a dueños de bares y restaurantes en la alcaldía Cuauhtémoc.

Se trata de Sandro 'N' y Bruno 'N', de 30 y 33 años, respectivamente, quienes se dedican presuntamente al cobro de extorsiones en el corredor Roma Condesa.

Además, la policía capitalina identificó que el primero de los detenidos, Sandro 'N', cuenta con una orden de aprehensión vigente por el delito de homicidio calificado.

La detención se realizó mientras los uniformados recorrían la colonia Centro en seguimiento de denuncias ciudadanas por casos de extorsión. Tuvieron contacto con los tripulantes de un vehículo color azul, con placas de circulación del Estado de México, quienes aceleraron la marcha al notar la presencia policial.

Al marcarles el alto y realizarles una revisión preventiva, les aseguraron 350 envoltorios con cocaína, 40 bolsas con marihuana, cápsulas y otros paquetes con una sustancia color café, así como dinero en efectivo, un celular y nueve cartuchos de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.

Los detenidos quedaron a disposición de un Ministerio Público de la Fiscalía General de Justicia (FGJ) de la Ciudad de México para que se determine su situación jurídica.

¿Cuál es la pena por extorsión en México?

En el artículo 390 del Código Penal Federal explica que al extorsión es un delito de alto impacto, y define al culpable de la siguiente manera:

“Quien sin derecho obligue a otro a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo, para obtener un lucro para sí o para otro, o causando a alguien un perjuicio patrimonial…”

La pena por esta falta es de dos a ocho años de prisión, así como de 40 a 60 días de multa. La apena aumenta si se trata de una asociación delictuosa, un servidor público o algún ex miembro de la policía o Ejército.

JM


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