Abogado de víctimas de Línea 12 apela medidas cautelares impuestas contra ex funcionarios

La defensa legal de las víctimas por el desplome del tramo elevado de la Línea 12 pidió que se congelen las cuentas bancarias de los ex funcionarios.

Gobierno de CdMx presenta tercer informe sobre Línea 12 / Archivo.
Ciudad de México. /

La defensa legal de 13 víctimas por el colapso del tramo elevado de la Línea 12 del Sistema Colectivo (STC) Metro interpuso un recurso de apelación contra las medidas cautelares impuestas por un juez de control al ex director del Proyecto Metro, Enrique Horcasitas y otros siete ex funcionarios acusados por el hecho.

De acuerdo con la defensa legal de las víctimas, consideró insuficientes las medidas cautelares para evitar que los ex funcionarios sustraigan de la acción de la justicia y se garantice la reparación integral del daño.

El abogado de las víctimas, Teófilo Benítez, presentó la apelación ante la Unidad de Gestión Judicial número cinco del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México y explicó que con él busca que los acusados solventen la reparación del daño causado a las 13 víctimas directas e indirectas, por lo que solicitó el congelamiento de sus cuentas bancarias a través de un instrumento precautorio dirigido a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).

El abogado detalló que el congelamiento de las cuentas bancarias permitirá garantizar que, en caso de una sustracción de justicia, existan fondos para cubrir una eventual indemnización para los afectados.

“Dentro de esta medida cautelar se solicitó a dicha unidad el embargo de bienes, la inmovilización de cuentas y demás valores que se encuentren dentro del sistema financiero”, dijo en un comunicado.

Benítez mencionó que también se estableció la posibilidad de la colocación del brazalete electrónico de seguridad para mantener un monitoreo permanente a los imputados, quienes enfrentan un proceso por los delitos de homicidio, lesiones y daño a la propiedad, todos culposos.

Teófilo Benitez consideró que, según el artículo 471 del Código Nacional de Procedimientos Penales, las medidas cautelares impuestas por el juez José Luis Palacios “no tuvieron una correcta ponderación de los derechos fundamentales de las víctimas”.

KT

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