Localizan con VIDA a Debanhi, menor de 16 años desaparecida en Nuevo León

La adolescente llevaba desaparecida un mes y había sido vista por última vez en la colonia Nuevo Amanecer.

Menor que desapareció en Apodaca / Especial
Nuevo León /

La menor Debanhi Jael, de 16 años, quien desapareció desde el domingo 25 de febrero en la colonia Nuevo Amanecer en Apodaca, fue localizada con vida en calles de este municipio la tarde de este miércoles.

Fueron elementos de la Policía municipal de Apodaca quienes ubicaron a la menor de 16 años deambulando por calles del municipio, por lo que dieron aviso a las autoridades de la Fiscalía General de Justicia en la entidad.

Según lo informado la joven refirió a los policías que se encontraba bien de salud y dijo no haber sido víctima de algún delito.

Al sitio acuden elementos del Grupo Especializado de Búsqueda Inmediata para ponerse a cargo de la situación y dar informe a los familiares de la menor que fue reportada como desaparecida desde el 25 de febrero y cuya denuncia fue realizada apenas el día de ayer.


¿A dónde puedo acudir para reportar a una persona desaparecida?

Puede acudir al Grupo Especializado de Búsqueda Inmediata o a cualquier Centro de Orientación y Denuncia (CODE) que resulte más cercano para usted.

Grupo Especializado de Búsqueda Inmediata:

Melchor Ocampo 470 Pte., Centro 64000 Monterrey, N.L., Número Interior PB.

Funcionario responsable: Agente del Ministerio Público.

Teléfono: 81 2020 4410 Correo: gebi@fiscalianl.gob.mx.

¿Cómo reporto a una persona desaparecida?

Si un familiar desaparece usted puede reportarlo al Grupo Especializado de Búsqueda, deberá presentar los siguientes documentos y datos:

Presentar una identificación oficial, de preferencia credencial para votar o pasaporte vigente, con la original y una copia.

Llevar una fotografía de la persona desaparecida.

De igual forma, de ser posible, llevar actas de nacimiento o matrimonio que justifiquen el parentesco que se tenga con el desaparecido.

¿Por qué se le cubre el rostro a los menores de edad?

El artículo 76 del Derecho a la Intimidad de la niñez y adolescencia dice lo siguiente:

"Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la intimidad personal y familiar, y a la protección de sus datos personales."

"Niñas, niños y adolescentes no podrán ser objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia; tampoco de divulgaciones o difusiones ilícitas de información o datos personales, incluyendo aquélla que tenga carácter informativo a la opinión pública o de noticia que permita identificarlos y que atenten contra su honra, imagen o reputación."

"Quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia, deberán orientar, supervisar y, en su caso, restringir, las conductas y hábitos de niñas, niños y adolescentes, siempre que atiendan al interés superior de la niñez."

El artículo 79 dice lo siguiente:

​"Las autoridades, en el ámbito de sus respectivas competencias, garantizarán la protección de la identidad e intimidad de niñas, niños y adolescentes que sean víctimas, ofendidos, testigos o que estén relacionados de cualquier manera en la comisión de un delito, a fin de evitar su identificación pública. La misma protección se otorgará a adolescentes a quienes se les atribuya la realización o participación en un delito, conforme a la legislación aplicable en la materia."

Esto se puede reportar al 911

Emergencias médicas: accidentes vehiculares con heridas, personas electrocutadas, infartos, sobredosis, trabajos de parto y personas ahogadas.

Emergencias de Protección Civil: incendios, explosiones, derrumbes, erupciones volcánicas, inundaciones y animales peligrosos.

Emergencias de servicios públicos: asistencia social, infraestructura, alcantarillado y drenaje, árboles caídos, cables colgando o un corto circuito.

Emergencias de seguridad: disparos de arma de fuego, violencia familiar, abuso sexual, homicidio y allanamiento de morada.



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