Una señora de la tercera edad fue detenida este martes 12 de enero luego de que fuera sorprendida traficando sustancias ilícitas en las calles de la alcaldía Álvaro Obregón, de la Ciudad de México.
La detenida, quien fue identificada como Guillermina ‘N’, fue ubicada por elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC), quienes la detuvieron y posteriormente la trasladaron a las instalaciones de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJ CdMx).
De acuerdo con los reportes, la mujer guardaba la droga que vendía en un monedero que guardaba en una de las bolsas de su mandil, en donde se le encontraron varias dosis de sustancias como marihuana y cocaína.
¿Cómo detuvieron a la señora de la tercera edad que vendía droga en CdMx?
De acuerdo con un boletín emitido por la Secretaría de Seguridad Ciudadana, la mujer, de 57 años de edad, fue encontrada intercambiando objetos con un hombre, esto mientras los uniformados realizaban un recorrido de seguridad y vigilancia en la avenida Naranjos y en la calle Jazmín, de la colonia Lomas de Chamontoya.
Según el reporte, cuando la mujer y el hombre se percataron de la presencia de los elementos de seguridad, rápidamente adoptaron una actitud evasiva y emprendieron la huida, lo cual aumentó las sospechas de los policías.
Los elementos lograron interceptar a la mujer, a quien le realizaron una revisión preventiva, encontrándole cinco bolsitas de plástico que contenían lo que podría ser cristal, así como cinco bolsas con posible cocaína y cuatro bolsas más con una yerba con las características de la marihuana.
De acuerdo con el boletín, la mujer fue detenida y trasladada por los elementos policiacos a la agencia del Ministerio Público correspondiente, en donde se determinará su situación legal.
¿Cuál es la pena por vender droga en México?
De acuerdo con lo estipulado en el Artículo 193 del Código Penal Federal de la República Mexicana, se considera narcótico a todos los “estupefacientes, psicotrópicos y demás sustancias o vegetales que determinen la Ley General de Salud, los convenios y tratados internacionales de observancia obligatoria en México y los que señalen las demás disposiciones legales aplicables en la materia”.
Teniendo esto en cuenta y de acuerdo con el Artículo 194 del mismo documento, a la persona que “Produzca, transporte, trafique, comercie, suministre aun gratuitamente o prescriba alguno de los narcóticos señalados en el artículo anterior, sin la autorización correspondiente a que se refiere la Ley General de Salud”, se le impondrá una pena de entre 10 y 25 años de prisión, además de una multa de entre 100 y 500 días.
DR