Una pareja fue detenida por elementos de la Comisaría de Seguridad y Protección Ciudadana en la colonia 26 marzo, en Saltillo. Al par se le encontró en posesión de metanfetaminas.
Se trataba de Vivian Abigaíl, de 33 años, y José Salvador, de 41 años, moradores del referido sector. Los agentes policiacos realizaban un recorrido de prevención y vigilancia al sur de Saltillo.
Fue al desplazarse sobre las calles República de China y Uruguay que observaron a la pareja en actitud sospechosa por lo que se aproximaron, tornándose los civiles nerviosos y después agresivos.
Fueron sometidos a una revisión en la que se les encontraron 15 envoltorios de plástico que al interior contenían una sustancia granulada y cristalina con las características de la droga conocida como cristal.
Fueron detenidos y tras el dictamen médico que se les aplicó se pudo establecer que se encontraban intoxicados con dicha droga.
Finalmente los trasladaron a las instalaciones del Centro de Operaciones Estratégicas en donde quedaron a disposición del agente del Ministerio Público.
¿Cuáles son los riesgos de las metanfetaminas?
Lamentablemente el consumo de metanfetaminas y la venta de las mismas es uno de los problemas más frecuentes en la ciudad de Saltillo, de acuerdo a las tantas detenciones registradas apenas en este 2024, lo que se convierte en un tema serio que puede poner en riesgo la vida de las personas.
Y es que de acuerdo al United States Department of Justice, este tipo de estupefacientes pueden provocar pérdida de la memoria, conductas agresivas, comportamientos psicóticos, problemas dentales, daños cardiovasculares y hasta derrames cerebrales.
Una forma en la que se puede solicitar ayuda inmediata en caso de ser adicto a esta sustancia o conocer a alguien que lo sea es llamando al número de emergencias del 911.
¿Cuál es la multa por poseer droga en Coahuila?
De acuerdo al artículo 194 del Código Penal Federal, se interpondrá de diez a veinticinco años de prisión y de cien hasta quinientos días multa al que:
- Produzca, transporte, trafique, comercie, suministre aun gratuitamente o prescriba algún tipo de narcótico sin la autorización correspondiente a que se refiere la Ley General de Salud.
- Introduzca o extraiga del país alguno de los narcóticos comprendidos aunque fuere en forma momentánea o en tránsito.
- Aporte recursos económicos o de cualquier especie, o colabore de cualquier manera al financiamiento, supervisión o fomento para posibilitar la ejecución de alguno de los delitos.
- Realice actos de publicidad o propaganda, para que se consuma cualesquiera de las sustancias.
Con información de redacción...
KM