Por su participación en el delito de secuestro, un ex policía de Saltillo fue condenado este martes a permanecer 167 años y seis meses en prisión, mientras que su acompañante, recibió una condena de 147 años, en la conclusión del juicio oral por hechos ocurridos en el mes de agosto del año 2019.
De acuerdo a la investigación del Ministerio Público, en el mes de agosto, elementos de la Policía Estatal, detuvieron a dos personas por el delito de narcomenudeo, los cuales, señalaron haber sido obligados a trabajar para la delincuencia organizada, y señalaron a los dos sentenciados.
Ésto motivó la apertura de una carpeta de investigación, que terminó con la detención de los dos señalados.
Edgar “N”, recibió la condena, después de que fuese declarado culpable del delito de secuestro, obteniendo una penalidad mayor, debido a que era elemento activo de la Policía de Saltillo.
Arturo “N”, fue condenado a pasar 147 años, luego de que se comprobara su participación en el secuestro de dos personas, hasta que estos aceptaran trabajar para un grupo de la delincuencia organizada.
Las juezas del tribunal determinaron imponer la sanción dentro de la causa penal 1617/2019, luego de que este viernes se declarara culpables a los dos imputados.
¿Qué es el delito de secuestro?
Es el delito por el que se priva de la libertad, con el fin de obtener rescate o causar daños o perjuicios a la persona secuestrada o a otra relacionada con este, de acuerdo a información proporcionada en la página de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de México.
Esta institución busca asegurar el acceso a la justicia a quienes les han cometido estos delitos, por ello, se establecen obligaciones específicas a cargo de la Defensoría Especializada para atender a las víctimas y ofendidas/os de estos delitos y son las siguientes:
• Solicitar que la víctima u ofendida/o se encuentre presente en el proceso, en una sala distinta a la de la persona a la que se le ha imputado el delito.
• Solicitar las medidas para asegurar la seguridad y protección de las víctimas y ofendidas/os, y el aseguramiento de bienes a fin de garantizar la reparación del daño.
• Solicitar al Juez que las personas que hayan sido condenadas, queden sujetas a vigilancia por la autoridad policial hasta por los cinco años posteriores a su liberación.
JVS