Un individuo que escandalizaba al insultar a transeúntes que se cruzaron en el camino, hoy se encuentra detenido al disparar y lesionar a una persona que trató de calmarlo para evitar problemas mayores.
La agresión tuvo lugar a las 17:25 horas en calles de la colonia Victoria de la ciudad de Torreón, Coahuila, lugar donde Paramédicos de Cruz Roja que acudieron al llamado de auxilio revisaron al afectado que resultó con herida de bala en pierna derecha.
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Una mujer dijo a los elementos de la Dirección de Seguridad Pública Municipal que minutos antes el rijoso de nombre Raúl de 26 años de edad, en compañía de otro pasaron frente al domicilio en actitud prepotente e insultando a su esposo.
Fue al momento de reclamar que salió su hijo de 26 años de edad, quien por tratar de calmar los ánimos lo enfrentó, Raúl que sacó de entre sus ropas el arma de fuego que accionó en su contra para luego tratar de darse a la fuga.
A corta distancia los uniformados le dieron alcance y le aseguraron una pistola calibre .380 con dos cartuchos hábiles, por lo que le detuvieron e internaron en la cárcel municipal por la presunta comisión del delito de lesiones y portación de arma de fuego.
El herido fue trasladado e ingresado a una clínica de la localidad para su atención, quien dijo interpondrá la denuncia correspondiente contra el agresor que espera en módulos de prisión que determinen su situación legal.
¿Cuál es la pena por lesiones?
El Código Penal de Coahuila establece las siguientes sanciones a quien con dolo afecte la salud a otra persona:
- Delito lesiones leves: Se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y multa, cuando la o las lesiones tarden en sanar más de quince días y menos de sesenta, y no pongan en peligro la vida.
- Lesiones gravísimas que ponen en peligro la vida: Se le impondrán de tres a ocho años de prisión y multa, cuando la o las lesiones inferidas coloquen a la víctima en peligro concreto de morir.
- Lesiones gravísimas por pérdida de funciones, miembros u órganos: De cuatro a nueve años de prisión y multa, si la o las lesiones producen la pérdida de cualquier función de alguna facultad, miembro u órgano, cuyas funciones no sean sustituidas por otro.
- Lesiones gravísimas por parálisis, enfermedad incurable o deformidad grave: Se le impondrá de cinco a doce años de prisión y multa, cuando las lesiones ocasionen parálisis permanente de ambas piernas, o de uno o los dos brazos o manos, o causen paraplejia permanente de por lo menos una tercera parte del cuerpo, u originen una enfermedad incurable, o cuando las lesiones dejen alguna deformidad.
DR