Un hombre de 51 años, identificado como Juan de Dios Jaramillo Andrade, solicitó ayuda a las autoridades tras ser brutalmente agredido por un grupo de jóvenes en la noche del viernes 6 de septiembre. El incidente ocurrió cerca de las 11:40 p.m., cuando la víctima, en estado inconveniente, arribó al filtro de seguridad ubicado en el acceso del puente plateado, en la calle Múzquiz, para pedir auxilio a los oficiales de la Policía Especializada de Coahuila (PEC).
Cuatro jóvenes golpearon a hombre en Torreón
Juan de Dios relató a los policías que había sido golpeado por cuatro jóvenes mientras intentaba recolectar unas tablas de madera. Según el testimonio del afectado, los agresores lo atacaron sin mediar palabras, y uno de ellos portaba un objeto contundente, posiblemente un bóxer, lo que le provocó un desprendimiento de piel en la mandíbula izquierda.
Tras la agresión, los responsables escaparon del lugar con rumbo desconocido. A pesar de sus heridas, Juan de Dios logró incorporarse y caminar hasta localizar a los oficiales, a quienes pidió ayuda.
Al lugar acudieron paramédicos de la Cruz Roja Mexicana, quienes tras revisar al lesionado, determinaron que requería suturas debido a la gravedad de sus heridas. Fue trasladado a un hospital para recibir atención médica especializada.
Además, patrullas de la Dirección de Seguridad Pública Municipal y agentes de la Fiscalía General del Estado de Coahuila arribaron para tomar conocimiento de los hechos e iniciar las investigaciones correspondientes.
¿Cuál es la pena por lesiones en Coahuila?
El Código Penal de Coahuila establece las siguientes sanciones a quien con dolo afecte la salud a otra persona:
Delito lesiones leves: Se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y multa, cuando la o las lesiones tarden en sanar más de quince días y menos de sesenta, y no pongan en peligro la vida.
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Lesiones gravísimas que ponen en peligro la vida: Se le impondrán de tres a ocho años de prisión y multa, cuando la o las lesiones inferidas coloquen a la víctima en peligro concreto de morir.
Lesiones gravísimas por pérdida de funciones, miembros u órganos: De cuatro a nueve años de prisión y multa, si la o las lesiones producen la pérdida de cualquier función de alguna facultad, miembro u órgano, cuyas funciones no sean sustituidas por otro.
Lesiones gravísimas por parálisis, enfermedad incurable o deformidad grave: Se le impondrá de cinco a doce años de prisión y multa, cuando las lesiones ocasionen parálisis permanente de ambas piernas, o de uno o los dos brazos o manos, o causen paraplejia permanente de por lo menos una tercera parte del cuerpo, u originen una enfermedad incurable, o cuando las lesiones dejen alguna deformidad.
EC