La aspirante a la candidatura presidencial por parte de Morena, Claudia Sheinbaum, impugnó ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) una amonestación pública que le fue impuesta por parte del Instituto Nacional Electoral (INE), esto por presuntamente haber incumplido el acuerdo que prohíbe emitir expresiones proselitistas.
Dicha sanción vino después de que la ex jefa de Gobierno de la Ciudad de México expresara frases como la de que “mujeres tienen derecho a la Presidencia”.
Sheinbaum Pardo fue notificada de la amonestación el pasado 17 de julio; el 21 de julio, el abogado de la doctora Sheinbaum presentó un escrito de impugnación ante la Sala Superior del TEPJF y hasta el jueves 27 del mismo mes fue turnado a la ponencia del magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón.
En dicha amonestación, se afirma que Sheinbaum ha estado haciendo posicionamientos electorales, esto al referirse al proceso electoral de 2024, ha defendido distintos programas de gobierno, ha prometido la continuidad el proyecto del Gobierno actual y ha asegurado que el coordinador de defensa de la Cuarta Transformación “se va a incorporar en 2024 o eventualmente será el candidato a la Presidencia de la República”.
A su vez, se menciona que la política ha estado haciendo promesas de campaña como lo son la creación de hospitales, acuaféricos y secretarías de estado; así como también ha hecho posicionamientos sobre determinada fuerza política externando frases como “derecha derrotada”, “oligarquía y “gobiernos corruptos”; también ha hecho mención a cargos electorales como “mujeres presidentas”, entre otros.
De acuerdo a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del INE, estas frases van en contra del acuerdo 104/2023, mismo que fue emitido por la Comisión de Quejas y Denuncias; en éste, se ordenó a los aspirantes a los cargos interpartidistas por los que están compitiendo, no emitir expresiones que tengan fines proselitistas.
Sheinbaum impugna ante el TEPJF
Arturo Manuel Chávez, representante de Claudia Sheinbaum, alegó que “las expresiones que, en concepto de la Unidad responsable, se han señalado, sin que exista aceptación alguna de mi representada respecto a éstas, en modo alguno (sic) dan cuenta de elementos objetivos por los que existan frases que de forma clara y sin ambigüedades constituyan un llamado al voto o a la difusión de plataformas electorales”.
Añadió también que “la Unidad responsable descontextualiza y deja de ver la naturaleza y el foro en que se realizan las expresiones por mi representada, emitiendo juicios de valor con base en un análisis sesgado del caudal probatorio, pues en un ejercicio mínimo de ponderación, debió abarcar las condiciones fácticas en que se ejecutan, esto es, un proceso interno de autoorganización partidista, incluso ya reconocida por ésta misma”.
El representante aseguró que las expresiones de Sheinbaum se encuentran amparadas por el derecho a libertad de expresión que tiene una persona militante de un partido, “mismas que, conforme a su visión y el actual contexto, forman parte de las bases e ideología de un movimiento nacional, mismas que en modo alguno pueden ser interpretadas que violentan las medidas cautelares impuestas”.
DR