Previo al arranque del calendario electoral, el Instituto Nacional Electoral (INE) prepara los lineamientos para regular y fiscalizar los procesos internos de los partidos, en los que destaca la prohibición de participación en los actos de promoción personalizada.
De acuerdo con la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), dio cinco días naturales para dictar las reglas para los procesos que actualmente desarrollan los partidos políticos.
Así mismo, afirmó que la aprobación de los mismos deberá darse en sesión del Consejo General del INE, a la que, hasta el mediodía de este miércoles, no se ha convocado.
¿En qué consisten los nuevos lineamientos?
Según los borradores, se establecerá que las personas servidoras públicas podrán asistir a los eventos de proselitismo político únicamente en días inhábiles y no podrán hacer expresiones en favor o en contra de alguna persona inscrita dentro de los “procesos políticos”.
En otro de los apartados, el INE propone conceptualizar como procesos políticos las actividades que han estado realizando los partidos políticos en estos tiempos que no se consideran aún dentro del proceso electoral, y como “personas inscritas” a los aspirantes a los cargos internos partidistas por los que presuntamente compiten.
Además de proponer la definición de procesos políticos al “conjunto de actos, actividades y propaganda que realizan los partidos políticos y cualquier persona cuya naturaleza y finalidad sea establecer una estrategia, posicionar y/o definir liderazgos políticos, que podrían ostentar una precandidatura o candidatura en el proceso electoral 2023-2024, así como aquellos otros procesos que sean similares”.
En tanto, “persona inscrita” será la que “conforme a las reglas del Proceso Político correspondiente ha sido inscrita para ser electa o designada a un liderazgo político independientemente de la o cualquier denominación que se le dé”.
Además, se prevé que se defina que el instituto realice la certificación de los elementos de propaganda colocada en vía pública, tales como espectaculares, en vehículos de transporte público y pinta de bardas, y que ordene el retiro inmediato de toda propaganda que contenga elementos de naturaleza electoral o que sean equivalentes, así como aquella propaganda que no incluya los elementos de identificación del proceso político y en su caso de la persona inscrita.
De no retirarse, el INE lo contabilizaría como gasto de precampaña.
¿Qué dice respecto a los gastos de campaña?
Los borradores plantean considerar el gasto en propaganda, la cual deberá ser genérica, no con mensajes electorales, como parte del ejercicio ordinario de los partidos, e incluso permitir el financiamiento privado con los límites establecidos en las reglas vigentes para el periodo ordinario.
El INE prevé establecer que “independientemente de los procedimientos de campo que realice la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF), es obligación de los partidos políticos nacionales reportar mediante el Sistema Integral de Fiscalización, los ingresos y gastos que se hayan generado para la realización de actos y propaganda en beneficio de los mismos o de personas inscritas”.
Así, si un partido político desea deslindarse de propaganda colocada en espacios públicos o de gastos no reconocidos como propios, tendrá que seguir lo establecido en el Reglamento de Fiscalización, a través de un documento escrito presentado ante la UTF y deberá ser “jurídico, oportuno, idóneo y eficaz”.
alhv