Una Jueza de control vinculó a proceso esta noche a Félix 'A', ex titular de la Subsecretaría de Administración Tributaria (SATNL), por amenazas y abuso de autoridad y dictó, como medidas cautelares, que firme cada 15 días y no deba acercarse a las víctimas.
Fuentes del Poder Judicial revelaron que la Jueza no cedió a que los medios de comunicación ingresaran a la audiencia, dejándola de carácter privado, por tratarse de una asunto delicado.
Una semana después de que la plataforma MILENIO-Multimedios dio a conocer su separación de la titularidad de la Subsecretaría de Administración Tributaria de Nuevo León, Félix 'A' adelantó que denunciará ante el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado a dos funcionarios del Poder Judicial y a un vicefiscal de la Fiscalía General de Justicia.
El ex funcionario estatal, que utilizó los medios Oficiales del Estado y un salón del Gobierno para hacer estas declaraciones, previamente invitado por Javier Navarro, Secretario General de Gobierno, sostuvo que el motivo de la denuncia es porque los tres funcionarios han actuado de manera acelerada para llevar a cabo las audiencias por las 10 querellas que hay en su contra.
En unas semanas, la Secretaria Técnica del Comité de Selección del Sistema Estatal Anticorrupción (SEA), Sarahí Aranda informó que recibió un requerimiento de la SATNL para que informe si su empresa ha cumplido con sus obligaciones fiscales.
De acuerdo con un oficio firmado por el ex funcionario, se detalló que es con el objeto de comprobar el cumplimiento de las disposiciones fiscales.
Es decir, saber si cumplió con el impuesto al valor agregado mensual o impuesto sobre la renta y como retenedor en materia de las siguientes contribuciones federales impuesto al valor agregado e impuesto sobre la renta.
“De conformidad con lo establecido por el artículo 45 del Código Fiscal de la Federación, se le solicita dar a los visitadores las facilidades necesarias para el cumplimiento de la presente orden, en virtud de que el oponerse a la práctica de la visita o a su desarrollo, y no poner a su disposición todos los elementos que integran su contabilidad, no proporcionar al personal autorizado en forma completa, correcta y oportuna, los informes, datos y documentos que soliciten para el ejercicio de las facultades de comprobación, constituye una infracción en terminos del articulo 85 fracción I, del Código Fiscal de la Federación, la cual se sanciona de conformidad con lo señalado en el artículo 86 fracción I, del propio Código Fiscal de la Federación asimismo se le informa que en caso de impedimento en el inicio o desarrollo de las facultades de comprobación esta autoridad podra aplicar las medidas de apremio contenidas en el artículo 40 del referido Código”, se lee en la cita.
rcm