Tras cinco meses de estar detenida por la Secretaría General de Gobierno, ayer se publicó en el Periódico Oficial del Estado la Ley de Amnistía y se estableció un plazo de tres meses para que se integre una comisión especial para ver casos de aquellas personas que cometan delitos de sedición.
De acuerdo con una publicación se estableció dicho ordenamiento que consta de 13 artículos y seis transitorios con especificaciones similares a la ley federal.
En junio pasado, sin la presencia de Movimiento Ciudadano, el Congreso de Nuevo León aprobó la creación de la Ley de Amnistía del Estado, semejante a la que impulsó el presidente López Obrador.
Algunos de los detalles de la Ley
Artículo 1
Amnistía en favor de personas indígenas a los que no se haya garantizado el derecho de contar con interpretes y defensores que tuvieran conocimiento de su lengua y cultura. Exceptuando los delitos de homicidio, inducción y auxilio al suicidio, feminicidio, secuestro, trata de personas, privación ilegal de la libertad, lenocinio infantil, delitos contra la intimidad personal, acoso sexual y violación.
Artículo 2
No se concederá amnistía a quienes hayan utilizado armas de fuego para la comisión de un delito, que hayan atentado contra la integridad corporal de las personas, ni obtendrán este beneficioso las personas que hayan cometido delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa.
Artículo 8
Las sentencias de hubieren causado ejecutoría cesarán en sus efectos y se pondrá en absoluta libertad a los sentenciados, debiendo la autoridad hacer las declaraciones pertinentes, con previa solicitud y análisis de cada caso por parte de una comisión y del juez competente.
Artículo 10
La amnistía extingue la acción penal y las sanciones impuestas, a excepción de la reparación del daño.
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